El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la absolución de un hombre acusado de tentativa de homicidio, agresión sexual y otros delitos en Soria, al concluir que no existen errores en la valoración de la prueba ni elementos suficientes para cuestionar el fallo de la Audiencia Provincial.
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la absolución de un hombre acusado de tentativa de homicidio, agresión sexual y otros delitos en Soria, al concluir que no existen elementos suficientes para cuestionar la valoración probatoria realizada en primera instancia ni para revertir el fallo absolutorio.
La sentencia, fechada el 4 de mayo de 2026, resuelve el recurso de apelación interpuesto por la Acusación particular —al que se adhirió el Ministerio Fiscal— contra la resolución dictada en septiembre de 2025 por la Audiencia Provincial de Soria, que ya había exonerado al acusado de todos los cargos.
El origen del caso se sitúa en la convivencia que mantuvieron acusado y denunciante en 2023 en un domicilio de la capital soriana. La relación se rompió el 31 de diciembre de ese año, cuando la mujer acudió a la Policía Nacional para denunciarle y solicitar una orden de protección, que fue concedida de forma cautelar.
Sin embargo, en el juicio celebrado posteriormente, la Audiencia Provincial consideró que no había quedado acreditado ni el propósito homicida ni la existencia de agresión sexual, amenazas o malos tratos.
La resolución subrayaba la ausencia de pruebas concluyentes más allá del relato de la denunciante, así como la falta de corroboración objetiva de los hechos denunciados.
El Tribunal Superior recuerda que, cuando una persona ha sido absuelta, es muy difícil cambiar esa decisión en una apelación. La ley no permite revisar el caso como si se empezara de cero ni sustituir el criterio del primer tribunal sin más.
Para poder hacerlo, tendría que demostrarse que la sentencia contiene errores graves, como conclusiones ilógicas, falta de explicación o que se hayan ignorado pruebas importantes. En este caso, el Tribunal considera que nada de eso ocurre, por lo que no ve motivos para modificar la absolución.
A partir de ese análisis, el Tribunal desestima íntegramente el recurso de apelación y confirma la absolución del acusado, sin imponer costas a la acusación al no apreciar mala fe o temeridad en su actuación procesal.
La resolución deja abierta la vía de recurso ante el Tribunal Supremo.