SORIA RURAL
Actualizado 24/05/2013

Por Sentencia 97/2013, de 23 de abril, publicada en el BOE de este jueves, el Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad presentado por la Junta de Castilla y León contra la prohibición de cambiar el uso de los terrenos forestales incendiados durante un plazo mínimo de treinta años, introducida por la modificación de la Ley estatal de Montes impulsada en 2006 por la entonces Ministra de Medio Ambiente, Cristina Narbona. Asimismo, el Constitucional confirma la limitación de la circulación por los montes de vehículos ajenos a la gestión agroforestal y a la vigilancia y extinción de incendios.


Según Ecologistas en Acción, la pretensión de la Junta con su recurso de inconstitucionalidad no era otra que retener la competencia de decidir “a su albedrío” qué montes incendiados no estarían sujetos a la prohibición legal de su cambio de uso en treinta años, así como otorgar la libertad de circulación de vehículos particulares por pistas forestales, incluso en el caso de alto riesgo de incendio. Todo ello “con la evidente finalidad de vaciar de contenido estos aspectos de la Ley estatal de Montes, recalificando a su antojo terrenos forestales incendiados y facilitando el acceso motorizado a los montes”.
Así, explicaron este viernes 24 de mayo que “este margen de discrecionalidad” de las autoridades regionales habría permitido por ejemplo recalificar el uso forestal del monte incendiado donde la Diputación de Valladolid construyó el Complejo de Ocio y Aventura Meseta Ski, en el término municipal de Tordesillas, que intentó ser legalizado en 2010 tras once resoluciones judiciales por Ley de las Cortes de Castilla y León, aprobada por populares y socialistas y suspendida por el Tribunal Constitucional a petición del ex-Presidente Zapatero, precisamente por contravenir la Ley estatal de Montes y su prohibición de urbanizar los terrenos forestales incendiados durante al menos treinta años.
Por ello, los ecologistas se felicitaron por que “el ánimo depredador de la Junta de Castilla y León haya sido detenido por el Tribunal Constitucional, que en relación a esta prohibición señala en su sentencia que “Resulta pues, clara […] la finalidad disuasoria de la medida adoptada, que tiene como objetivo la prevención de los incendios forestales y, en última instancia, la protección de la masa forestal”, sin que ello suponga invadir la competencia autonómica exclusiva en materia de ordenación del territorio y urbanismo, como argumentaba la Junta, dado que “La prohibición que se examina no pretende, en efecto, regular los usos ni fijar las prohibiciones del conjunto de los terrenos forestales, sino que se circunscribe a un régimen específico de protección, aplicable únicamente a los terrenos incendiados, con la finalidad de garantizar a largo plazo su regeneración y, en definitiva, su conservación”.
De esta manera, valoraron como un fracaso el intento de la Junta de Castilla y León “por vaciar de contenido la normativa ambiental europea y estatal”, al igual que ha sucedido recientemente con el régimen de protección del lobo ibérico, o resulta recurrente en aspectos como la urbanización de los espacios naturales protegidos, la caza o la gestión de los residuos. Por ello, Ecologistas en Acción pide al presidente Herrera un “cambio drástico de su política ambiental, obcecada en desconocer la legislación europea y estatal de montes, espacios naturales, biodiversidad o residuos, entre otras materias”.
Así, concluyeron con que la prohibición de recalificar terrenos forestales incendiados “es una conquista histórica” del movimiento ecologista que de esta manera se ve preservado del ataque de la Junta. Por este motivo, han reclamado al Ejecutivo regional “explicar su interés por los negocios privados de determinadas empresas constructoras como las promotoras o concesionarias de proyectos como la Ciudad del Medio Ambiente (Soria), la estación de esquí de San Glorio (León), Meseta Ski, o los vertederos de Gomecello (Salamanca), Santovenia de Pisuerga (Valladolid) o Fresno de la Ribera (Zamora), todos aprobados por Ley para pasar por encima de resoluciones judiciales que los declaran ilegales, y en algún caso objeto de investigaciones judiciales por corrupción”.

Etiquetas

Leer comentarios
  1. >SoriaNoticias
  2. >Soria Rural
  3. >El Constitucional niega a la Junta competencias para recalificar montes quemados