El Juzgado de lo Social condena al Sacyl a conceder la atención de un logopeda a un niño con una enfermedad congénita, que afecta a su coordinación y al lenguaje. El fallo da la razón así a la madre del menor, que denunció en su día la denegación de ese servicio por parte del Sacyl. La Junta consideraba que el tratamiento logopédico no podía considerarse como un tratamiento de rehabilitación, por las características del paciente.
El Juzgado de lo Social condena al Sacyl a conceder la atención de un logopeda a un niño con una enfermedad congénita, que afecta a su coordinación y al lenguaje. El fallo da la razón así a la madre del menor, que denunció en su día la denegación de ese servicio por parte del Sacyl. La Junta consideraba que el tratamiento logopédico no podía considerarse como un tratamiento de rehabilitación, por las características del paciente.