La procuradora soriana Esther Pérez señaló este martes 12 de febrero la necesidad de que todos los vecinos de más de 80 años de la Comunidad conozcan el derecho al servicio de teleasistencia y pidió que el Ejecutivo regional, además de legislar, pase a los hechos y promueva estos servicios esenciales entre nuestros mayores, apuntando de paso que la Ley de Servicios Sociales de Castilla y León establece en su artículo 19 que las prestaciones que en la Comunidad son calificadas de esenciales, cuyo reconocimiento tienen el carácter de derecho subjetivo, siendo obligatoria su provisión y debiendo estar públicamente garantizadas, con independencia de cuales sean el nivel de necesidades o el índice de demanda existentes.
Entre dichas necesidades incidió en la teleasistencia, que para las personas mayores de 80 años tendrá la condición de esencial cuando así lo demanden. Por ello, consideró que todo no se puede esconder tras el paraguas de la austeridad compulsiva, insistiendo en que no se trata únicamente de recortes económicos, sino del modelo ideológico del Partido Popular. El derecho a información de la ciudadanía, a quien se dirigen sus políticas, debería ser una máxima para cualquier gobierno que piense en las personas.
Igualmente, afirmó que el número de personas que disponen del servicio de teleasistencia en la provincia es muy inferior al número de las personas de más de 80 años que habitan en este territorio, abundando en que la desproporción evidencia que existe una falta total de conocimiento sobre los derechos que reconoce la Ley de Servicios Sociales de Castilla y León.
Así se refirió al artículo 7 sobre esta reglamentación, donde establece que uno de los principios rectores es la proximidad y normalización, y el artículo 11 habla de los derechos de las personas beneficiarias de los servicios sociales, donde en uno de sus puntos se recoge el derecho "a recibir una información inicial suficiente, veraz, accesible y facilitada en términos comprensibles, sobre las prestaciones sociales disponibles, los requisitos para el acceso a ellas, y los derechos y deberes que les correspondan".
Según la aforada regional, la falta de esa información inicial suficiente, veraz, accesible y facilitada en términos comprensibles, supone el incumplimiento de la Ley, y desde el Grupo Parlamentario Socialista no hacemos sino instar a que se cumpla.
También aludió a la Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, donde define la Teleasistencia como el servicio que facilita asistencia a los beneficiarios mediante el uso de tecnologías de la comunicación y la información, con apoyo de los medios personales necesarios, en respuesta inmediata ante situaciones de emergencia, o de inseguridad, soledad y aislamiento. Puede ser un servicio independiente y complementario al de ayuda a domicilio. Lo que en definitiva y a su modo de entender, la teleasistencia es un servicio que permite mantener a las personas en su residencia habitual, desarrollando su vida en su entorno social y familiar, garantizando sus derechos.