CASTILLA Y LEóN
Actualizado 19/04/2013

La Consejería de Hacienda, que dirige Pilar del Olmo, ha enriquecido el proyecto de decreto sobre jornada, horario, vacaciones, permisos y licencias de los trabajadores de la Junta, con sugerencias que han efectuado los propios empleados públicos, el resto de departamentos del Gobierno autonómico, las delegaciones territoriales y los representantes sindicales. El resultado es un borrador que avanza en la mejora de las condiciones laborales del personal al servicio de la Administración de la comunidad, por cuanto facilita la conciliación de la vida laboral y familiar.

La Mesa General de Negociación de Funcionarios Públicos se ha reunido hoy para negociar las novedades que se han incorporado al futuro Decreto por el que se regula la jornada, horario, vacaciones, permisos y licencias del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Con ello la Viceconsejería de Función Pública y Modernización da un paso más en la tramitación de la norma, por cuanto ya aglutina aportaciones de los sindicatos, los gestores de otras áreas de la Junta y los propios empleados públicos. Estos últimos han podido participar en su elaboración a través del Espacio de Participación de la página de Gobierno Abierto.
   El objetivo de la Consejería de Hacienda era que el texto legislativo fuera el resultado de un proceso lo más participativo posible. Para ello se abrió un periodo de audiencia de 10 días que permitió a los representantes sindicales realizar las observaciones que consideraran oportunas. Las consejerías y las delegaciones territoriales dispusieron del mismo plazo, hasta el pasado 22 de marzo, para hacer sugerencias. Por su parte, los trabajadores del Ejecutivo autonómico tuvieron la posibilidad de efectuar propuestas al documento preliminar entre los días 12 y 27 de marzo, en su calidad de principales destinatarios de la norma.
   La primera versión del decreto incluía la posibilidad, que se mantiene, de flexibilizar las vacaciones de los empleados públicos. En concreto, permite que siete de los 22 días hábiles de descanso anual se puedan disfrutar sueltos, sin agruparlos en un periodo de al menos una semana como hasta ahora. Con ello se cumple el compromiso que adquirió la consejera Pilar del Olmo con los sindicatos, pero sobre todo supone una mayor facilidad para la conciliación de la vida laboral y familiar en la medida en que quienes se acojan a esta medida podrán disponer de esas jornadas de manera semejante a las tres de libre disposición que existen en la actualidad.
   El borrador también acomoda la jornada a las modificaciones introducidas por la Ley 1/2012, de 28 de febrero, de medidas tributarias, administrativas y financieras de Castilla y León, que fijó el tiempo de trabajo en 37,5 horas semanales a partir del 1 de marzo de 2012. A diario la parte fija y obligatoria del horario sigue comprendiendo el tramo de las 9.00 a las 14.00 horas. Y con el mismo fin de ayudar en lo posible a su cumplimiento, la parte variable o flexible se extiende entre las 7.30 y las 9.00 de lunes a viernes, de 14.00 a 19.00 de lunes a jueves y de 14.00 a 15.30 los viernes.
   En tercer lugar, se desarrolla la posibilidad de adaptar el horario por razones de conciliación siempre que resulte compatible con la naturaleza del puesto de trabajo y lo permitan las necesidades del servicio. Así, se prevé que en determinados casos se pueda autorizar temporalmente que la parte fija del horario sea de las 9.30 a las 14.00, o bien de las 9.00 a las 13.30. De este modo se pretende atender las necesidades de quienes tienen a su cargo a mayores de 65 años, hijos menores de 12 años o personas con una discapacidad igual o superior al 33% –inicialmente se había contemplado un porcentaje del 45%– que no desempeñen una actividad retribuida.
   Esto mismo podrá acordarse para los empleados públicos que precisen encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo.
   Los interesados deberán presentar una solicitud y la documentación que acredite que cumplen los requisitos con una antelación de 10 días hábiles –en lugar de los 15 que se habían previsto al principio– a la fecha en la que desean comenzar el nuevo horario. Y en casos de urgencia sobrevenida el plazo podrá ser incluso inferior, algo que anteriormente no se contemplaba.
   Otra novedad relevante derivada de la fase de audiencia es que se reduce de 15 días a sólo cinco la duración mínima de la licencia no retribuida por asuntos propios. Se espera atender así las necesidades de quienes precisan disponer de días libres por circunstancias profesionales o personales y ya han agotado otras vías.
   Asimismo, como iniciativa dirigida a la conciliación se incluye la posibilidad de autorizar un horario especial de verano durante el periodo comprendido entre el 16 de junio y el 15 de septiembre, ambos inclusive, a condición de que las horas que se reduzcan se recuperen en la forma en que lo establezca el correspondiente calendario laboral.

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