El Consejo Regional de Caza de Castilla y León, máximo órgano de participación del sector cinegético, ha decidido que la media veda se abrirá el 15 de agosto y se cerrará el 15 de septiembre, según se ha decidido este martes 11 de junio en la reunión presidida por del director general de Medio Natural, José Ángel Arranz.
La Orden Anual de Caza para la próxima temporada por a sido aprobada por el Consejo está constituido por representantes de la Administración, de las federaciones de caza y galgos, de representantes de los cotos privados, de los clubes deportivos, organizaciones profesionales agrarias, personas de reconocido prestigio, representantes de las universidades de la Comunidad, y de asociaciones de estudio, gestión y protección de la fauna silvestre.
Entre otros asuntos, el Consejo fijó la propuesta de la Orden Anual de Caza. En lo que se refiere a caza menor, el inicio para la media veda será el próximo día 15 de agosto y su cierre el 15 de septiembre, y para la tórtola común y la paloma torcaz el inicio de la temporada hábil se fija para el 22 de agosto. Por otra parte, para aquellos cotos que cacen las asociaciones pertenecientes a la Federación Castellano-Leonesa de Galgos y que estén inscritas en el Campeonato de España o de Castilla y León de Galgos, podrán solicitar a la Dirección General de Medio Natural el inicio del período hábil para la caza de la liebre su adelanto al día 12 de octubre.
En cuanto a la caza mayor, el período hábil para el jabalí se sitúa entre el cuarto domingo de septiembre y hasta el tercer domingo de febrero. En este sentido, y con respecto a las solicitudes o comunicaciones de monterías y ganchos o batidas, al objeto de eliminar la necesidad de presentación de un plano de mancha con cada solicitud o comunicación, el titular o en su caso el arrendatario podrá presentar con la primera solicitud o comunicación de la temporada un plano conjunto del coto en el que se establezcan gráficamente el total de manchas a dar en la temporada, debidamente numeradas. En caso de optar por la presentación de este plano conjunto, el solicitante solo deberá indicar en ulteriores solicitudes o comunicaciones el número de mancha a dar, sin necesidad de presentar un nuevo plano cada vez.
En los aguardos o esperas nocturnas al jabalí, el titular estará obligado a comunicar al Servicio Territorial correspondiente el resultado de los aguardos o esperas nocturnas en el plazo máximo de quince días naturales. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la denegación de nuevas autorizaciones o a la revocación de las ya autorizadas. El Boletín Oficial de Castilla y León publicará en las próximas semanas la resolución de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente detallando las temporadas hábiles.