El Ministerio de Agricultura ha presentado un nuevo borrador del Proyecto de Real Decreto sobre la norma de calidad para la carne de cerdo ibérico. El documento se ha confeccionado tras estudiar las alegaciones del sector que no estaban conformes con las estipulaciones previstas.
Así, ahora el ministerio contempla que la designación de ibérico deberá ir siempre acompañada del porcentaje que asigna pureza a cada canal y también quedan eliminadas las denominaciones de cebo % ibérico y de bellota % ibérico, con lo que la alimentación de los animales de bellota deberá ser completamente a base de este fruto o de otros recursos o pastos naturales de dehesa, mientras que en el cebo, la alimentación podría venir dada por piensos compuestos de cereales, leguminosas y otros pastos también de dehesa.
Igualmente, los porcentajes de pureza alimenticia quedarían establecidos en 100%, 75% ó 50%, siendo este último el que mayor cantidad de pienso habría consumido el cerdo en cuestión.
En cuanto a la pureza de raza, las cabezas de pureza máxima serán aquellas cuyo padre y madre tengan el 100% de ibérico, estando registrados oficialmente en el libro genaológico. En el 75% procederían de cerdas 100% ibéricas inscritas en el libro genealógico y machos resultantes de cruce de madre de raza 100% ibérica y padre 100% duroc, todos ellos inscritos oficialmente.
Y ya en el 50% ibérico las hembras serían hembras 100% ibéricas y berracos con idéntico porcentaje duroc, y siempre hablando de su inscripción genealógica legalmente establecida.