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Aprobadas las Normas Urbanísticas y el Plan Especial del Conjunto Histórico de Ágreda

Aprobadas las Normas Urbanísticas y el Plan Especial del Conjunto Histórico de Ágreda

Actualizado 26/02/2015 20:00

El Conjunto Histórico de la también llamada Villa de las Tres Culturas fue declarado como Bien de Interés Cultural por Decreto 98/1994 de 11 mayo, si bien los trámites comenzaron en 1975.

La Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo, reunida esta mañana bajo la presidencia del delegado territorial, Manuel López, ha visto, entre otros, los expedientes de aprobación de las Normas Urbanísticas Municipales y el Plan Especial del Conjunto Histórico de Ágreda y del vertedero de cola de la planta de valorización, reciclaje y clasificación de residuos de origen de construcción e industrial, en el término municipal de Golmayo.

La Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo ha acordado aprobar definitivamente las Normas Urbanísticas Municipales y el Plan Especial del Conjunto Histórico de Ágreda, con las correcciones introducidas en el escrito de aclaraciones y propuesta que el Ayuntamiento de Ágreda presentó con fecha 11 de febrero de 2015 y que se derivan de la Memoria Ambiental de las Normas Urbanísticas.

La Normas Urbanísticas Municipales, promovidas por el Ayuntamiento de Ágreda, tienen por objeto establecer la ordenación general del municipio y la detallada del suelo urbano consolidado.

El término municipal de Ágreda tiene una superficie de 16.496 hectáreas. Se encuentra colindante con los términos municipales de Dévanos al norte, Vozmediano al este, Cueva de Ágreda al sur, y Castilruiz, Matalebreras y Ólvega al oeste, limitando también con las provincias de La Rioja y Zaragoza. Engloba cuatro núcleos urbanos, el principal que es Ágreda y las pedanías de Aldehuela de Ágreda, Fuentes de Ágreda y Valverde de Ágreda y, según datos del censo de 2011, cuenta con 3.174 habitantes.

Se encuentra parcialmente afectado al noroeste por el LIC (Lugar de Importancia Comunitaria) de Cigudosa San Felices, con una superficie de 780,45 hectáreas que representan el 5 % de la superficie del término municipal y el 11,6 % de dicho espacio natural; y al sur por el LIC y ZEPA (Zona de Especial Protección para las Aves) de la Sierra del Moncayo, con unas superficies de 3.189 y 2.338 hectáreas que representan el 19 % y el 14 % de la superficie del término municipal y el 45 % y el 41 % de dichos espacios naturales.

El Plan Especial de Protección tiene por objeto establecer la ordenación detallada del suelo urbano consolidado del Conjunto Histórico de la Villa de Ágreda, atendiendo a los requerimientos de protección del patrimonio cultural con los fines generales de recuperar espacios abiertos, elementos singulares, proponer actuaciones concretas de rehabilitación, mejora o adecuación en edificaciones, pormenorizar usos, relacionar edificaciones sujetas a protección, adecuación de infraestructuras urbanísticas, y estudio económico de las actuaciones propuestas.

El Conjunto Histórico de la Villa de Ágreda se declaró como Bien de Interés Cultural por Decreto 98/1994 de 11 mayo de la Junta de Castilla y León, iniciándose los trámites de su declaración en el año 1975.

El ámbito del Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico abarca una superficie total de 46.341 metros cuadrados, lo que representa el 26% del suelo urbano consolidado del municipio. En su concreción final se ha respetado y precisado la delimitación señalada en la declaración de Bien de Interés Cultural, si bien en su límite sureste se han incluido las parcelas completas afectadas por los límites anteriores y comprende los cuatro recintos amurallados de San Juan, Santa María, San Miguel y la Muela.

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