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Compensaciones en la vacunación frente a la lengua azul

Compensaciones en la vacunación frente a la lengua azul

Actualizado 08/07/2016 09:55

El Bocyl publica la orden por la que se establecen las bases reguladoras para apoyar a las explotaciones afectadas.

El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publica hoy viernes la Orden por la que se establecen las bases reguladoras de esta subvención que tiene como objetivo apoyar a los ganaderos afectados por las zonas de influencia de la enfermedad, minimizar el riesgo de difusión al resto de la ganadería de la Comunidad y facilitar el movimiento de ganado de las zonas de restricción.

La lengua azul es una enfermedad vírica transmitida por mosquitos que afecta a rumiantes (ovino, caprino y bovino). No existen riesgos para la salud pública asociados a esta enfermedad, aunque sí graves restricciones comerciales para los animales y productos de origen animal de las zonas afectadas. Además en ganado ovino produce grave sintomatología clínica.

Por eso, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, ante la aparición, en el año 2014 de 410 focos de lengua azul en las comunidades de Extremadura, Andalucía y Castilla-La Mancha, ha publicado varias órdenes ministeriales que obligan a la vacunación de forma obligatoria frente a lo serotipos 1 y 4 de esta enfermedad.

En Castilla y León la zona de vacunación obligatoria se concentra en las comarcas del sur de la provincia de Ávila (Arenas de San Pedro, Cebreros, El Barco de Ávila, Las Navas del Marqués, Navaluenga, Candeleda y Sotillo de la Adrada) y de Salamanca (Béjar y Sequeros).

Con el objetivo de compensar el coste que supone la vacunación en las zonas de restricción, la Consejería de Agricultura y Ganadería publica hoy la Orden por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las ayudas a la vacunación obligatoria frente a la lengua azul en Castilla y León.

Subvención del 100%

Esta Orden contempla la subvención del 100% del coste de la vacuna para los ganaderos integrados en Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera y el 50 % para aquellos ganaderos no integrados. De este modo, se realiza un apoyo importante a los ganaderos afectados por las zonas de influencia de la enfermedad.

La vacunación preventiva supone también una garantía para el movimiento de ganado de las zonas de restricción dado que la Unión Europea establece una serie de restricciones al movimiento y exige chequeos previos en caso de que los animales no estuvieran vacunados.

Además, la vacunación es la principal herramienta de lucha frente a la enfermedad al reducir el riesgo de difusión al resto de la ganadería de Castilla y León es por ello, que la Consejería de Agricultura y Ganadería, a través de esta ayuda, apoya a los ganaderos de las zonas de restricción y, paralelamente, establece los mecanismos de lucha ante la posible aparición y/o difusión de esta patología animal.

La orden puede ser consultada en el archivo que se adjunta con esta información.

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