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Una sentencia del TSJCyL anula la supresión del puesto de administrador de la residencia de Navaleno

Una sentencia del TSJCyL anula la supresión del puesto de administrador de la residencia de Navaleno

Actualizado 28/04/2012

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha anulado la amortización del puesto de administrador de la residencia de Navaleno, acordada por el Pleno de Diputación Provincial de 5 de noviembre de 2010, admitiendo así el recurso presentado por el Comité de Empresa. En la sentencia, el TSJCyL señala que la supresión de ese puesto no se ajusta a derecho y que, por tanto, queda sin validez el acuerdo del Pleno de Diputación.

El acuerdo plenario suprimió de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) de la residencia de mayores de Navaleno ese puesto de administrador, y se sustituyó por otro que sumaba a las competencias del administrador el trabajo de un diplomado de Enfermería (DUE), que en la práctica suponía la reducción de un puesto.

El Tribunal considera que Diputación, al realizar la supresión del puesto, no consultó al Comité de Empresa, y que también se altera la relación de empleos contemplada en el convenio laboral.

Esta decisión cambia, por completo, la situación del conflicto laboral de Lourdes Revuelto; provocado primero por su despido, y luego por la posterior supresión de su puesto de trabajo del RPT. Recientemente, los tribunales exigieron a Diputación la readmisión de esa trabajadora, que se encontró con que ya no existía su puesto de trabajo. Ahora, la institución provincial tiene que volver a crear ese puesto. Entretanto, los diferentes diputados provinciales de PP e des que apoyaron con su voto la supresión del puesto de administrador, están declarando ante el juez, ante la denuncia presentada por la afectada por un delito de prevaricación. Los entonces diputados provinciales se enfrentan a una posible inhabilitación de la actividad pública.

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