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Desestimado el recurso contra el ‘apellido’ de San Leonardo de Yagüe

Desestimado el recurso contra el ‘apellido’ de San Leonardo de Yagüe

Actualizado 19/06/2017 21:23

La Sala de lo Contencioso del TSJ dicta que el apelante, Eduardo Ranz, no puede considerarse como legitimado para la interposición de dicha petición. La sentencia contesta en los mismos términos que ya lo hiciese el Juzgado en Soria.

La sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha dictado sentencia sobre el recurso interpuesto por el abogado Eduardo Ranz y en la que instaba al Ayuntamiento de San Leonardo de Yagüe a retirar el ‘apellido’ del nombre del pueblo.

En el fallo se indica que el demandante no puede “considerarse legitimado para la interposición del recurso”, por no ser vecino de la localidad, lo cual le hace carecer de “legitimación activa”, tal y como ya fallaba el Juzgado de Soria en la anterior sentencia.

Con todo, el TSJ estima parcialmente la apelación de Ranz, ya que cada parte deberá abonar las costas procesales causadas al considerar que el Ayuntamiento no ha contestado a las peticiones del apelante.

La sentencia es susceptible de recurso de casación ante esta misma sala la Sala o ante la Sección de Casación de la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

La sentencia puede ser leída aquí o en el archivo adjunto.

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