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La Junta rubrica un convenio para atender a lesionados por accidente de tráfico

La Junta rubrica un convenio para atender a lesionados por accidente de tráfico

Actualizado 21/09/2017 20:51

La Gerencia Regional de Salud formaliza un convenio con la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (UNESPA) y el Consorcio de Compensación de Seguros para garantizar la cobertura sanitaria en este tipo de contingencias

El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León ha aprobado este jueves la formalización de un convenio específico de colaboración entre la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (UNESPA), el Consorcio de Compensación de Seguros y la Gerencia Regional de Salud para la atención a lesionados en accidentes de tráfico. Con ellos se quieren asegurar los servicios de emergencias utilizados en estas atenciones y, asimismo, garantizar la cobertura en materia de asistencia sanitaria.

El convenio, con vigencia durante el periodo 2017-2020, tiene como finalidad regular la prestación de la asistencia sanitaria a lesionados en accidentes de tráfico, así como las tarifas de precios aplicables a los mismos, cuyo abono corresponde a las compañías aseguradoras o al Consorcio de Compensación de Seguros. Además, a través de este acuerdo se pretende constituir una Comisión de Arbitraje mediante la que las partes se comprometen a resolver las distintas controversias que puedan surgir.

El sistema previsto en este convenio está basado en el principio de responsabilidad objetiva en el accidente, lo que quiere decir que las entidades aseguradoras o el Consorcio de Compensación de Seguros se obligan al pago de las prestaciones sanitarias que precisen las víctimas del suceso, incluido el conductor, con independencia del responsable real del siniestro; y siempre conforme a las tarifas fijadas en el acuerdo. Así, sólo en el caso de que existan discrepancias, entran en funcionamiento las comisiones de arbitraje para resolver sobre el abono de la factura emitida, de acuerdo con los criterios objetivos que el convenio contiene en orden a determinar el obligado al pago.

Todo ello trae consigo, por lo tanto, tres ventajas importantes para los ciudadanos. Por una parte, la ya mencionada responsabilidad objetiva; por otra, la agilidad en el pago y, por último, la resolución rápida de los conflictos vía extrajudicial. La experiencia de estos años acredita una agilidad en el cobro de las facturas emitidas por los centros asistenciales que se refleja, por ejemplo, en el hecho de que desde el año 2002 se ha alcanzado a cubrir en torno al 94% de lo facturado gracias a estos convenios.

Alguno de los conceptos que incluye este acuerdo son la hospitalización en planta o en UVI, o los ingresos en las unidades de lesionados medulares o en unidades de quemados, entre otros. Además, en el texto se establece un precio por día de rehabilitación y se valora la cobertura de gastos diversos derivados de las necesidades de transporte de los pacientes como, por ejemplo, el transporte asistido inter hospitalario de lesionados en estado crítico.

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