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Exculpados de prevaricación 16 diputados provinciales

Exculpados de prevaricación 16 diputados provinciales

Actualizado 20/06/2013

El presidente de la Diputación, Antonio Pardo, ha mostrado su satisfacción este jueves 20 de junio al conocer la decisión del Juzgado de Primera Instancia de Soria en la que se archivaba la demanda interpuesta por la trabajadora Lourdes Revuelto y en la que se acusaba a 16 diputados de la Corporación por haber dado el visto bueno en el Pleno de noviembre de 2010 a la eliminación de la plaza de administradora de la residencia geriátrica de Navaleno.

?Estamos liberados de ese mal trago que durante más de dos años hemos pasado 16 personas injustificadamente?, señaló el dirigente provincial, que ya por aquel entonces presidía la institución. También señaló que ?se han hecho las cosas como se tenían que hacer?, y abundó en que incluso la propia querellante, en su declaración judicial, ?reconocía que sobraba tiempo? para desempeñar la tarea de administradora, con la conveniencia de agrupar este puesto con el de enfermera del centro.

El auto de la jueza, contra el cabe recurso, dictamina que los quince diputados del Partido Popular y uno de IDES, no adoptaron la decisión de votar favorablemente a la supresión de esta plaza, sin que por ello cometieran prevaricación ?puesto que no consta que los querellados, particularmente o bien a través de la Diputación de Soria, tuvieran conocimiento extraoficial de la sentencia dictada el 4 de noviembre de 2010, un día antes de adoptar el acuerdo del Pleno el 5 de noviembre de 2010?, señala la sentencia.

De igual modo, en la misma se deja claro que ?no se deriva por tanto que la decisión de amortización de la plaza se debiera a la existencia de motivos arbitrarios de los querellados, sino más bien, que responde a la existencia de unas necesidades reales de la Residencia de Navaleno al tiempo de la adopción del acuerdo?.

Así mismo, se observa que en consecuencia, ?no existe ningún indicio? sobre aquella decisión de amortizar la plaza mencionada ?se tomase de forma arbitraria o injustificada?.

El sobreseimiento provisional y el archivo de este proceso se fundamenta en puntos como que ?tanto los dos expedientes disciplinarios contra la querellante, como su traslado de su puesto de trabajo no pueden ser considerados hechos delictivos ni que se hayan producido con el objetivo de atentar contra la integridad de la querellante; basándose en que son decisiones que se tomaron motivadas por la denuncia de cinco trabajadoras de la residencia de Navaleno que le acusaron de acoso?. También se refleja que ?no ha habido degradación ni vejación alguna su adscripción al puesto de técnico de Animación Comunitaria en Ágreda, puesto que era acorde a su titulación profesional?.

Y por último, el texto judicial señala que ?no se aprecia una continuidad delictiva en el hecho de que se hayan incoado expedientes disciplinarios contra la trabajadora?, como tampoco ?procede ampliar la querella contra diversas personas tal y como solicitó la querellante el 21 de mayo de 2013 al entender que no guardan relación entre las causas?.

CONCURSO DE TRASLADOS

La sentencia se ha hecho pública precisamente en el día en el que los dos últimos internos de la residencia de Navaleno eran trasladados a otros centros de la Diputación, mientras que los trabajadores del geriátrico se hallan a la espera del concurso de traslados que en este momento se encuentra detenido por orden judicial, si bien su destino provisional serán las residencias de Ágreda o del Burgo.

Así mismo, CC OO de manera unilateral, demandará a la Diputación por agravio comparativo ante la reducción salarial del 5% para los empleados de los geriátricos. La denuncia se hará efectiva una vez se proceda a la cobranza de las retribuciones correspondientes al mes de julio. Como se recordará, el recorte de los sueldos fue aprobado por el comité de empresa de la Diputación con los votos favorables de UGT y de CSI-F.

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