PROVINCIA
Actualizado 21/10/2024 08:39:38
Pedro Calavia

La normativa prohíbe el acceso al campo durante cacerías y también cuando se están realizando labores de aprovechamientos maderables.

Sería obvio decir que el campo es de todos, por lo que las diferentes actividades de ocio que en él se desarrollan deben de tener su compatibilidad y también han de ser disfrutadas con esa convivencia que en algunos casos es difícil de armonizar. Hablamos de la recolección de setas, de la caza, y fuera del tiempo libre, de otros cometidos productivos.

Como en todo, o en casi todo, hay normativa al efecto, como así lo expresa, por un lado, el Decreto 31/2017, de 5 de octubre, por el que se regula el Recurso Micológico Silvestre en Castilla y León, el cual, en su artículo 10, apartado 2 reza que "Con carácter general, no se permite la recolección de setas silvestres donde se estén llevando a cabo aprovechamientos maderables o leñosos y otras operaciones forestales con maquinaria, ni en las zonas y horas señaladas para la realización de cacerías colectivas autorizadas".

Haciendo bueno el dicho popular que habla aquello de que "No todo el monte es orégano" debemos acceder al monte siempre con la precaución debida y observando la cartelería existente en caminos, menos numerosa que en carreteras, por la que se pone en aviso a paseantes y recolectores de setas y otros camperos del peligro que entraña la zona.

Al efecto, una vez prevista y planificada la salida al campo, y habida cuenta que diciembre es un mes en el que se prodigan las batidas y siguen aflorando algunas variedades micológicas, en función del tiempo que se esté dando durante la campaña, este enlace ayudará a conocer si se está oficiando la actividad cinegética en la zona.

De todos modos, no está de más, vestir siempre prendas visibles, para el caso de extravío y poder ser divisados ante una posible búsqueda, y, en su caso auxilio, además de evitar días de niebla.

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