CAPITAL
Actualizado 13/08/2025 12:18:36

El Ayuntamiento de Soria abre el periodo de pago voluntario para el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana correspondiente al ejercicio 2025. El plazo se extenderá desde el 20 de agosto hasta el 20 de octubre, ambos inclusive. La notificación oficial, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, detalla las diferentes modalidades de pago, incluyendo opciones telemáticas y presenciales, así como el procedimiento para los recibos domiciliados y las consecuencias de no abonar el tributo en el tiempo establecido.


El Ayuntamiento de Soria ha establecido el calendario para el abono de uno de los tributos municipales más importantes del año. Según consta en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria (BOP) de este miércoles, 13 de agosto, se abre el periodo de pago voluntario para el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana correspondiente al ejercicio 2025.

Los contribuyentes sorianos dispondrán de dos meses para cumplir con esta obligación fiscal. El plazo oficial se iniciará el próximo 20 de agosto y finalizará el 20 de octubre, ambos días incluidos. Durante este tiempo, se podrán utilizar diversas vías para efectuar el ingreso, facilitando el trámite tanto a quienes tienen el pago domiciliado como a quienes prefieren realizarlo de forma manual.

Desde el consistorio se recuerda la importancia de realizar el pago dentro de este periodo para evitar la aplicación de recargos e intereses de demora. A continuación, se detallan todas las claves para gestionar correctamente el abono de este impuesto.

¿Cuáles son los plazos y las formas de pago?

El único periodo para el ingreso voluntario del IBI Urbano 2025 es el comprendido entre el 20 de agosto y el 20 de octubre. Los contribuyentes que no tengan el pago domiciliado recibirán el recibo en su domicilio fiscal y podrán abonarlo a través de las siguientes vías:

  • Pago en entidades bancarias: Se puede realizar el ingreso en cualquier oficina de las entidades colaboradoras, que son Caja Rural de Soria, Unicaja Banco, Banco Santander, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA), CaixaBank y Banco Sabadell. Es imprescindible presentar el documento del recibo.
  • Pago telemático con tarjeta: El abono se puede efectuar cómodamente por internet con tarjeta de crédito o débito. Para ello, se debe acceder al enlace “Pago telemático de tributos” disponible en los portales oficiales del Ayuntamiento de Soria, su Sede Electrónica o la Oficina Virtual Tributaria. Se requerirán los datos de emisora, referencia, identificación e importe que figuran en el recibo.

¿Qué ocurre con los recibos domiciliados?

Aquellos contribuyentes que ya tengan domiciliado el pago de este impuesto no necesitan realizar ninguna gestión adicional. El importe correspondiente a sus recibos será cargado directamente en la cuenta bancaria que tengan asociada para tal fin dentro del periodo voluntario establecido.

Soluciones para quienes no reciban el recibo

Es posible que algunos contribuyentes que no tienen el pago domiciliado no reciban el documento de cobro en su domicilio fiscal. En tal caso, para evitar problemas derivados del impago, se puede solicitar la expedición de un duplicado. Este trámite se puede realizar de manera sencilla en cualquiera de las oficinas de Caja Rural de Soria.

Consecuencias de no pagar en el periodo voluntario

Una vez finalizado el plazo el 20 de octubre sin que la deuda haya sido satisfecha, se iniciará de forma automática el periodo ejecutivo. Tal como establecen los artículos 26 y 28 de la Ley General Tributaria, esto implica que la deuda se exigirá por el procedimiento de apremio, lo que conlleva la aplicación de los correspondientes recargos, intereses de demora y, en su caso, las costas que se puedan generar durante el proceso.

Canales de atención para dudas y consultas

Para resolver cualquier incidencia o duda, el Ayuntamiento de Soria ha habilitado varias líneas de atención telefónica, operativas en horario de 9:00 a 14:00 horas:

  • Para consultas sobre los datos del recibo (titularidad, NIF, importe, etc.), se debe contactar con la oficina de Gestión Tributaria en los teléfonos 975 234 161 o 975 234 162.
  • Para cuestiones relacionadas con el pago, la oficina de Recaudación atenderá en los números 975 234 104 y 975 234 105.

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