El Ayuntamiento de Soria abre el periodo de pago voluntario para el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana correspondiente al ejercicio 2025. El plazo se extenderá desde el 20 de agosto hasta el 20 de octubre, ambos inclusive. La notificación oficial, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, detalla las diferentes modalidades de pago, incluyendo opciones telemáticas y presenciales, así como el procedimiento para los recibos domiciliados y las consecuencias de no abonar el tributo en el tiempo establecido.
El Ayuntamiento de Soria ha establecido el calendario para el abono de uno de los tributos municipales más importantes del año. Según consta en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria (BOP) de este miércoles, 13 de agosto, se abre el periodo de pago voluntario para el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana correspondiente al ejercicio 2025.
Los contribuyentes sorianos dispondrán de dos meses para cumplir con esta obligación fiscal. El plazo oficial se iniciará el próximo 20 de agosto y finalizará el 20 de octubre, ambos días incluidos. Durante este tiempo, se podrán utilizar diversas vías para efectuar el ingreso, facilitando el trámite tanto a quienes tienen el pago domiciliado como a quienes prefieren realizarlo de forma manual.
Desde el consistorio se recuerda la importancia de realizar el pago dentro de este periodo para evitar la aplicación de recargos e intereses de demora. A continuación, se detallan todas las claves para gestionar correctamente el abono de este impuesto.
El único periodo para el ingreso voluntario del IBI Urbano 2025 es el comprendido entre el 20 de agosto y el 20 de octubre. Los contribuyentes que no tengan el pago domiciliado recibirán el recibo en su domicilio fiscal y podrán abonarlo a través de las siguientes vías:
Aquellos contribuyentes que ya tengan domiciliado el pago de este impuesto no necesitan realizar ninguna gestión adicional. El importe correspondiente a sus recibos será cargado directamente en la cuenta bancaria que tengan asociada para tal fin dentro del periodo voluntario establecido.
Es posible que algunos contribuyentes que no tienen el pago domiciliado no reciban el documento de cobro en su domicilio fiscal. En tal caso, para evitar problemas derivados del impago, se puede solicitar la expedición de un duplicado. Este trámite se puede realizar de manera sencilla en cualquiera de las oficinas de Caja Rural de Soria.
Una vez finalizado el plazo el 20 de octubre sin que la deuda haya sido satisfecha, se iniciará de forma automática el periodo ejecutivo. Tal como establecen los artículos 26 y 28 de la Ley General Tributaria, esto implica que la deuda se exigirá por el procedimiento de apremio, lo que conlleva la aplicación de los correspondientes recargos, intereses de demora y, en su caso, las costas que se puedan generar durante el proceso.
Para resolver cualquier incidencia o duda, el Ayuntamiento de Soria ha habilitado varias líneas de atención telefónica, operativas en horario de 9:00 a 14:00 horas:
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