Las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral en Castilla y León han empezado a enviar la documentación electoral a las personas que ya han solicitado el voto por correo, pero todavía hay tiempo para pedirlo. El 5 de marzo finaliza el plazo.
Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral en Castilla y León han comenzado ya el envío de la documentación a quienes han solicitado votar por correo. El proceso, regulado por la normativa electoral y supervisado por la Junta Electoral, fija plazos estrictos y exige identificación personal en cada fase.
A continuación, te detallamos los pasos clave y las fechas que debes tener en cuenta.
El plazo para solicitar el voto por correo finaliza el 5 de marzo. La solicitud puede realizarse de dos maneras:
Una vez comprobada la inscripción en el censo, la Oficina del Censo Electoral remite el certificado de inscripción en el censo, sobres de votación y papeletas de todas las candidaturas. El envío se realiza por correo certificado y urgente desde el 23 de febrero.
El cartero realiza al menos dos intentos de entrega en mano y solo puede entregarse al propio destinatario. Es obligatorio identificarse con DNI, pasaporte o permiso de conducir. Si no se logra la entrega, se deja aviso para recogerla en oficina.
Si el elector necesita cambiar la dirección una vez enviada la documentación, puede solicitar la reexpedición en cualquier oficina informatizada de Correos, facilitando el número de registro del envío, que puede consultarse en la sede electrónica del Instituto Nacional de Estadística (INE). Es fundamental realizar el trámite con suficiente antelación para no comprometer los plazos. La Junta Electoral Central permite esta reexpedición siempre que exista petición expresa del elector.
El plazo máximo para entregar el sobre con el voto es el miércoles 11 de marzo. Debe hacerse en cualquier oficina de Correos de España mediante entrega personal. Es obligatorio identificarse con documento original válido. La normativa electoral vigente exige esta identificación para garantizar la integridad del proceso.
Si el elector no puede acudir personalmente, debe firmar una autorización, adjuntar fotocopia de su documento identificativo y adjuntar fotocopia del documento de la persona autorizada. Correos facilita un modelo descargable en su web. Sin esta documentación completa, la oficina postal no aceptará el depósito del voto.