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El Tribunal Supremo declara ilegal el centro de residuos tóxicos de Ólvega

El Tribunal Supremo declara ilegal el centro de residuos tóxicos de Ólvega

Actualizado 16/06/2014 19:53

La organización Ecologistas en Acción señala que "es la primera instalación de eliminación de residuos industriales declarada ilegal". El recurso contra la sentencia del TSJ fue presentado por la empresa Distiller y la Junta de Castilla y León.

El Tribunal Supremo no admitió el recurso contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, según informa la Agencia Ical.
La solicitud apuntaba a la autorización ambiental integrada para el proyecto de instalación de una planta de gestión, tratamiento y recuperación de residuos y un centro de transferencia de residuos peligrosos y no peligrosos en el término municipal de Ólvega.
El recurso fue inadmitió debido a que "falta el presupuesto necesario consistente en la existencia de unos planes de gestión que concreten los lugares para la posible instalación". Ecologistas en Acción de Castilla y León, que se personó en las actuaciones como parte recurrida, señaló que "es la primera instalación de eliminación de residuos industriales declarada ilegal tras la sentencia del Tribunal Supremo que anuló el Plan de Residuos Industriales de Castilla y León".
En 2011 la entonces consejera de Medio Ambiente, María Jesús Ruiz, inauguró esta planta de residuos tóxicos que contó con una inversión de 15 millones de euros, de los cuales 4,5 fueron aportados por la Junta de Castilla y León. La planta de Distiller en Ólvega tiene capacidad para el tratamiento de 35.000 toneladas anuales de residuos tóxicos y peligrosos, procedentes en su mayoría de Aragón, el País Vasco, Madrid, Navarra y La Rioja.
Por sentencia 302/2011, de 9 de julio de 2011, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León anuló la autorización ambiental otorgada en 2009 por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León a esta empresa para la instalación de una planta de tratamiento de residuos tóxicos.
En relación a la actitud de la Junta de Castilla y León, el Alto Tribunal señala que "no se acredita esta situación extrema de no contar con lugares de eliminación de residuos y lo que se acredita es una voluntad de no recoger unos adecuados planes, en la forma exigida por la Directiva, para, amparándose en esta cierta amplitud que permite la indicad Sentencia [del Tribunal Europeo de Justicia], conceder las autorizaciones sin una previa determinación de un criterio planificado de ubicación".
La sentencia del Supremo desestima los recursos de casación interpuestos por la Junta de Castilla y León y de la empresa Distiller, con imposición de las costas del recurso de casación a la empresa y a la Junta, por valor de 4.000.
Ecologistas en Acción mostró su satisfacción por la sentencia del TSJ, ya que "ayudará a cortar el tráfico de residuos tóxicos que ha convertido en los últimos años a Castilla y León en el principal receptor nacional de estos desechos, gracias a las facilidades dadas por la Junta de Castilla y León para la instalación de todo tipo de instalaciones de tratamiento físico-químico, incineración y vertido, como la ahora declarada ilegal, la nueva planta de la empresa también catalana Indureco en Venta de Baños (Palencia), paralizada judicialmente, las incineradoras de residuos peligrosos autorizadas en Carrión de los Condes (Palencia) y Medina de Pomar (Burgos) o la planta y el vertedero de residuos tóxicos de Cetransa en Santovenia de Pisuerga (Valladolid)".
Los ecologistas demandaron la urgente redacción de un nuevo Plan de Residuos Industriales que sustituya al ya expirado, con la participación de todos los agentes interesados, que priorice de manera efectiva la reducción (en especial de los residuos peligrosos), la reutilización y el reciclado de los residuos; ponga coto al tráfico de residuos tóxicos hacia Castilla y León y determine con suficiente precisión la naturaleza y localización de las instalaciones de eliminación y valorización necesarias para los residuos de la industria, que deberían ser de titularidad pública en el caso de los tóxicos para extremar el control de su operación.
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