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El TSJ permite que no se derriben las cúpulas de la CMA hasta resolver el PEMA

El TSJ permite que no se derriben las cúpulas de la CMA hasta resolver el PEMA

Actualizado 24/03/2015 11:11

La Junta de Castilla y León mantuvo, a lo largo del trámite de ejecución de la sentencia que anuló la licencia del edificio institucional, que "cualquier decisión en torno a las obras construidas debería adaptarse al parque empresarial (PEMA), tal y como corrobora la sentencia de la sala".

La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha permitido que "por el momento" no se acometa el derribo el edificio de la Cúpula de la Energía de la Ciudad del Medio Ambiente de Soria (CMA) hasta que no se resuelva el expediente sobre el Proyecto Regional iniciado en junio de 2014 por la Junta, que contempla reconvertir el lugar en un parque empresarial.

La sala estima el recurso de apelación planteado por el Gobierno regional contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Soria que ordenó el derribo y demolición de la Cúpula de la Energía, el edificio institucional de la antigua CMA, y, por otro, revocar el mismo.

"No procede, por el momento, ni derribar o demoler todo vestigio de construcción existente, pero tampoco amparar cualquier legalización que se realice bajo la consideración de una legalización 'ex post facto' de todo lo materializado, sino esperar a que el proyecto se finalice y juzgar el mismo a la luz de la situación inicial que tenían los terrenos y la legalidad urbanística que resulte de aplicación", explica la sala en el fallo.

Sobre esta resolución la sala establece que no cabe interponer recurso alguno y no impone tampoco pagar las costas a las partes que interpusieron el recurso (Junta de Castilla y León, Ayuntamiento de Garray, Sociedad Pública de Medio Ambiente de Castilla y León y el Consorcio para la promoción de la CMA).

La Delegación de la Junta de Castilla y León en Soria ha dado cuenta de que "a la vista de las circunstancias que las partes recurrentes han puesto de manifiesto, la sala considera que la demolición decretada en su día no es conforme con el ordenamiento jurídico y resulta prematura, en tanto no se finalicen los trámites de aprobación y ejecución del proyecto regional Parque Empresarial de Medio Ambiente (PEMA)".

La Junta de Castilla y León ha mantenido a lo largo del trámite de ejecución de la sentencia que anuló la licencia del edificio institucional, que "cualquier decisión en torno a las obras construidas debería adaptarse al PEMA, tal y como corrobora la sentencia de la sala".

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