A partir de los 15 años los estudiantes podrán elegir entre una formación académica y una orientación aplicada o profesional.
La Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce) crea los ciclos de Formación Profesional Básica, de oferta obligatoria y carácter gratuito, dentro de la Formación Profesional del sistema educativo, como medida para facilitar la permanencia de los alumnos en el sistema educativo y ofrecerles mayores posibilidades para su desarrollo personal y profesional. De este modo, al igual que en la mayoría de los países europeos, a partir de los 15 años los estudiantes podrán elegir entre una formación académica y una orientación aplicada o profesional. Una de esas trayectorias educativas se plantea a partir del tercer curso de la Educación Secundaria Obligatoria, a través de los nuevos ciclos de Formación Profesional Básica.
Estos ciclos, que se implantarán en el curso 2014-2015 en su primer curso, tienen carácter obligatorio (oferta obligatoria por las administraciones educativas) y gratuito; su duración será de dos años; y, para acceder a ellos, tendrá que haber una recomendación previa del equipo docente de Educación Secundaria Obligatoria, con una edad entre 15 y 17 años, tras haber cursado 3º de ESO, o excepcionalmente 2º. Asimismo, la FP Básica garantizará la adquisición de las competencias del aprendizaje permanente, a través de la impartición de enseñanzas organizadas en los bloques comunes de Comunicación y Ciencias Sociales (que incluirá Lengua Castellana, Lengua Extranjera, Ciencias Sociales), y de Ciencias Aplicadas (que incluirá Matemáticas Aplicadas al Contexto Personal y de Aprendizaje en un Campo Profesional, y Ciencias Aplicadas al Contexto Personal y de Aprendizaje en un Campo Profesional). Además, los criterios pedagógicos se adaptarán a las características específicas del alumnado y fomentarán el trabajo en equipo.
Los estudiantes que superen los ciclos de Formación Profesional Básica, obtendrán el título de Técnico Profesional Básico de la familia correspondiente, así como al menos una cualificación de nivel 1 del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales. Esta titulación permitirá el acceso a los ciclos formativos de grado medio, así como la posibilidad de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria tras su finalización. En caso de su no superación, se recibirá un certificado académico de los módulos profesionales y en su caso bloques o materias superados.
Este decreto consta de 29 artículos, agrupados en siete capítulos, cuatro disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una derogatoria y dos finales. El Proyecto de Decreto ha sido presentado tanto al Consejo Escolar de Castilla y León como al Consejo de Formación Profesional de Castilla y León, y se ha puesto a disposición de los ciudadanos en Gobierno Abierto.Así mismo, se han formulado 11 ideas, tres comentarios y 159 votos a dichas ideas, que si bien se han tenido en cuenta para la implantación de estas enseñanzas, no han supuesto modificaciones importantes al texto presentado. Finalmente, en cuanto al impacto presupuestario, la implantación de la Formación Profesional Básica en Castilla y León conlleva un incremento del gasto público, cifrado en alrededor de 40 millones de euros.