Afiliados y simpatizantes de UGT y CC OO se concentran ante la Subdelegación para mostrar su el rechazo a las medidas legislativas del Gobierno porque "recortan libertades".
Los sindicatos UGT y CC OO de Soria han mostrado este miércoles frente a la Subdelegación del Gobierno su postura contraria a las sanciones penales que se ejercen contra representantes de los trabajadores. Coincidiendo con el Día Mundial sobre el Derecho a la Huelga, se ha dado lectura a un manifiesto que posteriormente han entregado a la subdelegada del Gobierno.
El manifiesto es como sigue:
"El derecho a huelga es un derecho fundamental reconocido en casi todos los países del mundo. La Confederación Sindical Internacional (CSI) ha convocado una jornada de acción mundial el próximo 18 de febrero contra la posición del grupo de empleadores en la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que intentan acabar con este derecho.
La Unión General de Trabajadores (UGT-CyL) y de Comisiones Obreras (CCOO-CyL) consideramos que en España y en nuestra Comunidad Autónoma tenemos razones suficientes para movilizarnos por este motivo. Se han criminalizado las actuaciones de 300 sindicalistas en defensa de los derechos de los trabajadores y las trabajadoras, entre ellos los cinco trabajadores de Arcelor en Asturias que, tras recurrir la sentencia condenatoria que suma más de 21 años de prisión, están protagonizando diversas movilizaciones o los ocho trabajadores de Airbus en Madrid a los que el fiscal pide 64 años de cárcel.
Además se está tramitando actualmente en el Congreso y en el Senado la reforma del Código Penal y la Ley de Seguridad Ciudadana que suponen más recortes a los derechos fundamentales.
CCOO y UGT nos hemos concentrado hoy, 18 de febrero en Castilla y León porque estamos asistiendo a un retroceso inaceptable de las libertades públicas y de las vías de participación democrática. Nos oponemos a este intento de restringir derechos fundamentales, basándonos en los principios democráticos que emanan de la Constitución, y reclamamos la derogación del art. 315.3 del Código Penal, que vulnera el ejercicio del derecho de huelga.
Ambas reformas incorporan nuevas restricciones al ejercicio de derechos democráticos y libertades civiles, y dan continuidad a la ofensiva contra el derecho de huelga que ha llevado a encausar a trabajadores y trabajadoras y representantes sindicales, por la defensa colectiva de sus derechos.
El marcado carácter ideológico de esta reforma persigue un único objetivo: cercenar las libertades democráticas para acallar la protesta social y el ejercicio de las mismas frente a las políticas de recortes, restrictivas y antisociales del Gobierno.
El proyecto del Código Penal incorpora una amplia modificación de toda una serie de figuras que se encuadran en lo que se llaman los "Delitos contra el orden público". El derecho de reunión y el de manifestación son dos de ellos, y el derecho de huelga es una herramienta imprescindible de la libertad sindical. Criminalizar tales derechos supone convertir el conflicto social y el laboral en un continuo conflicto de orden público.
La sanción penal, siempre la última en un sistema democrático, va a ser ahora la regla general, porque permitirá sancionar comportamientos que, hasta el momento, o eran irrelevantes penalmente, o solo tenían un tratamiento sancionador administrativo. Estamos en un terreno claro de endurecimiento de la respuesta penal ante las expresiones del conflicto social y las vías de protesta ciudadana.
Es inaceptable que el Gobierno pretenda incorporar, a través de estas reformas, nuevas restricciones al ejercicio de los derechos fundamentales que mejor definen un sistema democrático, y que son el cauce de participación social en los asuntos públicos, así como la expresión del pluralismo político e ideológico.
Además, la incorporación de la prisión permanente revisable, con claros visos de inconstitucionalidad, reservada a delitos de excepcional gravedad, el sistema de medidas de seguridad, la revisión de la regulación del delito continuado, la regulación de la suspensión y de la sustitución de las penas privativas de libertad, la introducción de un nuevo régimen de suspensión, la supresión del Libro III del Código Penal (Faltas y sus penas), salvo algunas faltas que se incorporan al Libro II, como delitos leves, aumentando el sistema de sanciones administrativas y civiles, no solo vulneran el derecho a la tutela judicial efectiva, sino que tienen una clara finalidad de intimidación a las organizaciones convocantes de las manifestaciones, protestas y concentraciones, y también un objetivo recaudatorio.
Las reformas anunciadas limitan las libertades ciudadanas y, lejos de ofrecer vías de integración y de expresión articulada de los conflictos sociales, optan por una legislación represiva".
Por todo ello, ambos sindicatos han reivindicado la derogación del apartado tercero del artículo 315 del Código Penal, y la retirada del proyecto de reforma del Código y la de modificación del Proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana.