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San Esteban de Gormaz aplica la tasa por limpieza de solares sin vallar

San Esteban de Gormaz aplica la tasa por limpieza de solares sin vallar

Actualizado 19/02/2016 09:23

La ordenanza fiscal reguladora de la tasa por limpieza de solares sin vallar en suelo urbano en San Esteban de Gormaz entra hoy en vigor, tras concluir el periodo de exposición pública del acuerdo municipal y publicarse hoy en el Boletín Oficial de la provincia.

La ordenanza fue aprobada por el Ayuntamiento sanestebeño en la sesión plenaria celebrada el 30 de noviembre.

El hecho imponible de esta tasa es la prestación del servicio de limpieza de los solares de titularidad ajena a la municipal, enclavados dentro del casco urbano y que carezcan de vallado, además de no reunir las condiciones adecuadas para garantizar la higiene y seguridad pública.

"Cuando las condiciones del solar sean salvajes y sean necesarias tareas distintas de la limpieza, tales como desbroce y otras tareas que no se puedan abordar con el personal municipal, el Ayuntamiento dictará una orden de ejecución, que será notificada a la propiedad y transcurrido el plazo concedido sin que la propiedad ejecute la orden, la realizará el Ayuntamiento, pudiendo exigirse su pago en vía ejecutiva", advierte la ordenanza publicada hoy en el Boletín Oficial de la provincia.

Los propietarios de los solares, parcelas u otros terrenos que tengan la consideración de suelo urbano, tienen la obligación, según la ordenanza, de mantenerlos libres de desechos, residuos y en las debidas condiciones de higiene, salubridad, seguridad y ornato público. Asimismo deberán mantenerlos libres de brozas y hierbas que supongan un peligro para la seguridad pública.

Está prohibido vaciar, verter y depositar basuras, escombros, mobiliario y, en general, cualquier claes de residuos en solares, parcelas y otros espacios de titularidad pública y privada.

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