Integrado en la Estrategia para la Seguridad Vial en Castilla y León, tiene como objetivo la ordenación del mercado el control del cumplimiento de la normativa en esta materia.
La Consejería de Fomento y Medio Ambiente ha ultimado el Plan de Inspección del Transporte Terrestre de Castilla y León para el presente año 2016, que contempla la vigilancia y control selectivo de los servicios de transporte de mercancías, las peligrosas, y el transporte de viajeros, especialmente el de escolares y menores. El Plan incluye también otro específico de control de las plataformas digitales de contratación de servicios de transporte de viajeros en vehículos de turismo particulares y como novedad respecto a años anteriores, el Plan adapta el 'baremo sancionador' a las determinaciones contenidas en la modificación de la Ley de Ordenación de Transporte Terrestre para adecuarlo a las nuevas exigencias de esta actividad. Todo ello en estrecha e imprescindible colaboración con la Guardia Civil.
El Plan de Inspección de Transporte Terrestre de Castilla y León 2016, integrado a su vez en la Estrategia para la Seguridad Vial en Castilla y León, tiene como objetivo fundamental la ordenación del mercado de transporte y el control del cumplimiento de la normativa para garantizar la libre competencia y lograr un transporte eficaz, de calidad y seguro.
Las inspecciones selectivas tienen como objetivo fomentar el cumplimiento de las normas y durante este año 2016 darán prioridad a la correcta prestación conjunta del servicio de transporte público regular de viajeros de uso general y especial de escolares, al desarrollo del transporte a la demanda, el control de los tiempos de conducción y descanso, la manipulación del tacógrafo y limitador de velocidad, el exceso de peso, las mercancías peligrosas, el transporte escolar y el control de las plataformas digitales de contratación de servicios de transportes de viajeros en vehículo de turismo particulares, así como a la cualificación profesional de los conductores, entre otras.
Respecto al control de tiempos de conducción y descanso previsto en el Plan de Inspección para 2016, se vuelve a hacer hincapié y requerimiento de la información que aportan los tacógrafos tanto analógicos como digitales, con especial atención a los tiempos máximos de conducción diarios, semanales y bisemanales, los descansos y las conducciones máximas ininterrumpidas. Para este año el objetivo será proceder a la lectura de 107.000 jornadas de trabajo de conductores profesionales.
Igualmente este año está previsto incrementar la inspección contra la manipulación del tacógrafo en polígonos industriales, áreas metropolitanas de alto desarrollo industrial y en pequeños recorridos con velocidades muy cortas, ya que, según informes de la Guardia Civil, es en estas zonas donde se ha constatado las manipulaciones.
Extremar la vigilancia del transporte escolar es uno de los objetivos de este plan de inspección, tanto en las rutas regulares específicas como en la prestación conjunta de transporte de viajeros de uso general y especial de escolares, modalidad autorizada en 2014 y de la que existen en este curso 267 rutas en funcionamiento. En ambos casos, además de controlar los aspectos directamente relacionados con la seguridad vial, tiempos de conducción y descanso, ITV, seguros, antigüedad de los vehículos, etc., los servicios territoriales de Transportes y la Guardia Civil realizarán controles específicos trimestrales con el fin de inspeccionar todas las rutas existentes en cada provincia.
A final de año está prevista la puesta en marcha de una campaña específica dirigida por la Dirección General de Tráfico en colaboración con las comunidades autónomas y la Guardia Civil para controlar, entre otros aspectos, si las empresas mantienen las mismas condiciones que cuando fueron adjudicatarias de los distintos servicios.
Respecto a las mercancías peligrosas, la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil realiza controles ordinarios en carretera para verificar si este transporte cumple con las directivas comunitarias de aplicación y la inspección de los Servicios Territoriales y la Dirección General de Transportes vigilan también a las empresas residenciadas en nuestra Comunidad verificando el cumplimiento de los requisitos para poder realizar este tipo de transporte.
El Plan de Inspección 2016 incorpora un Plan Específico de control de las Plataformas Digitales de contratación de servicios de transporte de viajeros en vehículos de turismo particulares, por entender que implican una gran perturbación en la ordenación y en la seguridad del transporte e inciden fundamentalmente en la libre y ordenada competencia entre las empresas que operan en el mercado, pudiéndose ocultar diversas formas de fraude que es preciso erradicar.
La inspección de este tipo de transporte comprobará fundamentalmente si se trata de un servicio compartido, y por tanto, sus gastos también, entendiendo por servicio de gastos compartidos aquel que se produzca esporádicamente, no de forma constante, ni regular, y que reparta los gastos de combustible y peaje entre todos los ocupantes del vehículo, incluido el conductor. Si no se dan estas circunstancias se trataría de un transporte público discrecional de viajeros en vehículos de turismo, esto es, en taxis, y por tanto, estaría sujeto a la posesión de la correspondiente licencia municipal y sus reglamentos correspondientes.
La última modificación de la Ley Orgánica de los Transportes Terrestres (LOTT), de 2013, ha supuesto una sustancial modificación por la incorporación de nuevos principios comunitarios a la ordenación del transporte en el ámbito estatal y por la profundización en los requisitos que deben cumplir las empresas en aras de una mayor profesionalización, y por tanto, ha supuesto también una profunda revisión de los tipos infractores, de la naturaleza de las infracciones, y de la cuantía de las sanciones a imponer que, consecuentemente, ha tenido que ser incorporado al Plan de Inspección de Transporte Terrestre de Castilla y León 2016.
Por tanto, el Plan incluye una adaptación del Baremo Sancionador a las determinaciones de la ley básica estatal de Ordenación del Transporte Terrestre que recoge sanciones de 4.000 euros para las infracciones tipificadas como muy graves.