El Bocyl publica las bases reguladoras del programa PIE para financiar las acciones de reinserción laboral de personas sin trabajo a la vez que se establece una actuación de carácter económico.
La Consejería de Empleo ha publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) las bases reguladoras del programa Personal de Integración y Empleo (PIE) cuyo objetivo es financiar las acciones de reinserción laboral de trabajadores desempleados a la vez que se establece una actuación de carácter económico.
El Bocyl publica las bases reguladoras del programa PIE para financiar las acciones de reinserción laboral de personas sin trabajo a la vez que se establece una actuación de carácter económico.
Las bases, publicadas hoy en el BOCyL, establecen las medidas del programa PIE que está destinado a trabajadores desempleados que participen en programas personales de integración y empleo, y que pertenezcan a uno de los siguientes colectivos: desempleados que hayan agotado el Plan PREPARA, puesto en marcha por el Gobierno Central, correspondiente a las convocatorias VII, VIII o IX; desempleados que como autónomos que hayan extinguido la ayuda económica por cese de actividad; y desempleados de 55 años o más y cumplan los requisitos establecidos en la Orden de Bases.
El Programa Personal de Integración y Empleo presenta como principales novedades el compromiso asumido por el presidente de la Junta de extender dicha ayuda a los autónomos que, habiendo cotizado por desempleo, hubieran agotado las prestaciones. También incluye como colectivo beneficiario de las ayudas a los desempleados de 55 o más años, parados de larga duración.
A través de este programa se promueven medidas para incrementar la autonomía de los desempleados y sus competencias para la búsqueda de empleo, mediante actuaciones de carácter personal y directo sobre el trabajador que fomenten su inserción laboral y mejoren su empleabilidad, al tiempo que reciben una cuantía económica.
Los beneficiarios que se integren en el programa recibirán una ayuda de 426 euros al mes o la parte proporcional por períodos inferiores y con una duración máxima de 6 meses. Además, los beneficiarios del programa podrán ser derivados a acciones de formación, programas de fomento de empleo o cualquier otro programa gestionado por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, en los que serán considerados prioritarios.
La orden puede ser consultada aquí o en el archivo adjunto.