La capital y algunos municipios de la provincia iniciarán las actividades lectivas con la finalidad de adecuarse a festividades locales.
Los alumnos del segundo ciclo de Educación Infantil, Primaria y Educación Especial serán los primeros en acudir a clase en Castilla y León el día 11 de septiembre. Por su parte, los estudiantes de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Enseñanzas en régimen nocturno y una parte de los que cursen Formación Profesional Inicial y Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño lo harán el 18. Las vacaciones de Navidad comprenderán desde el 23 de diciembre hasta el 7 de enero y las de Semana Santa, del 28 de marzo al 6 de abril.
Los escolares de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial, los estudiantes de Educación Secundaria Obligatoria escolarizados en centros de Educación Primaria, así como el alumnado de los segundos cursos de los ciclos formativos de Grado Superior de Formación Profesional Inicial comenzarán el lunes día 11 de septiembre sus clases.
Por su parte, empezarán el curso el día 18 de septiembre los alumnos de ESO, Bachillerato, Formación Profesional Básica, Ciclos Formativos de Grado Superior y primer curso de ciclos formativos de Grado Superior de Formación Profesional Inicial y segundo curso de los ciclos formativos de Grado Superior de Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño, así como las enseñanzas en régimen nocturno.
Por su parte, los estudiantes de los ciclos formativos de Grado Medio y el segundo curso de Grado Superior de enseñanzas profesionales de artes plásticas y Diseño, los de enseñanzas impartidas en centros y aulas de Educación de Personas Adultas y de las diferentes enseñanzas a distancia comenzarán las clases el 25 de septiembre. Por último, el lunes 2 de octubre iniciarán las clases los alumnos de las enseñanzas de Idiomas, enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas deportivas y de las enseñanzas elementales y profesionales de Música y Danza.
En cuanto al final del curso escolar tendrá lugar el día 6 de junio para el alumnado de 2º de Bachillerato ordinario y nocturno, los segundos cursos de los ciclos formativos de Grado Superior de Formación Profesional Inicial y de Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño, el Bachillerato y los ciclos formativos de Grado Superior en régimen a distancia, ciclos formativos de Grado Superior de las enseñanzas deportivas, el 6º curso de enseñanzas profesionales de Música y Danza, así como las enseñanzas de Idiomas. El resto de enseñanzas finalizarán las actividades lectivas el día 22 de junio.
En el calendario escolar, publicado hoy en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl), se indica que las pruebas extraordinarias, finales o la segunda sesión de evaluación final, en su caso, del curso académico 2016-2017 para el alumnado de ESO, ciclos de Formación Profesional Inicial y Bachillerato, se realizarán el 1, 4, y 5 de septiembre de 2017; las pruebas extraordinarias de Grado Medio y Superior de artes plásticas y Diseño se realizarán con anterioridad al 8 de septiembre de 2017; las pruebas extraordinarias de Enseñanza Secundaria para personas adultas del segundo cuatrimestre o de todo el curso se realizarán el 1, 4, y 5 de septiembre de 2017; las pruebas extraordinarias para el alumnado de enseñanzas de idiomas se realizarán preferentemente en la primera quincena de septiembre de 2017 y las pruebas extraordinarias de enseñanzas deportivas y elementales y profesionales de Música y Danza se realizarán con anterioridad al 8 de septiembre de 2017.
Asimismo, se establece que las pruebas extraordinarias o finales del curso académico 2017-2018 para el alumnado de 2º de Bachillerato en régimen ordinario y nocturno con materias pendientes de 1º y/o 2º y la segunda sesión de evaluación final de los segundos cursos de los ciclos formativos de Grado Superior de FP Inicial se realizarán entre el 25 y el 29 de junio de 2018; la sesión de evaluación final de los ciclos formativos de Grado Superior en régimen de educación a distancia se realizará con fecha límite el 6 de junio de 2018; las pruebas extraordinarias de Enseñanza Secundaria para personas adultas del primer cuatrimestre se realizarán del 1 al 7 de junio de 2018; las pruebas extraordinarias de Bachillerato en régimen a distancia se realizarán entre el 25 y el 29 de junio de 2018; y finalmente, que los días dedicados a las pruebas extraordinarias de evaluación tendrán la consideración de lectivos.
El calendario del curso 2017-2018 también establece los periodos vacacionales, festividades laborales y días no lectivos. Así, las vacaciones de Navidad comprenderán del 23 de diciembre al 7 de enero y las de Semana Santa, del 29 de marzo al 6 de abril.
Además de los festivos establecidos en el calendario laboral de la Comunidad, y de los dos días correspondientes a las fiestas de carácter local acordados para cada municipio, tendrán la consideración de días no lectivos el viernes 13 de octubre -Día del Docente- el jueves 7 de diciembre de 2017 y los días 12 y 13 de febrero -fiestas de Carnaval- y el lunes 30 de abril de 2018.
No obstante, los centros docentes pueden solicitar cambios en el calendario escolar. Para ello, deben solicitar su modificación a las direcciones provinciales de Educación hasta el 31 de julio en los casos en lo que los cambios solicitados afecten a las fechas de inicio de las actividades lectivas y hasta el 30 de septiembre para el resto y dicha solicitud deberá ser informada por el Consejo Escolar, en el caso de centros sostenidos con fondos públicos, o por el Consejo Social, en el caso de Centros Integrados de Formación Profesional (CIFP). Además, los centros que comparten los servicios de comedor o transporte escolar tienen que acordar y solicitar individualmente la modificación de los mismos días, para que de esta forma dispongan del mismo calendario escolar. Los directores de los centros implicados deben indicar en su solicitud los centros con los que comparten los servicios.
La posibilidad de solicitar dichos cambios pretende conjugar un marco común para toda la comunidad de Castilla y León con la especificidad de cada centro y sus circunstancias, teniendo en cuenta su autonomía en lo relativo a la organización y distribución del tiempo escolar.
Asimismo, los ayuntamientos o los consejos escolares municipales, si se da el caso, pueden promover la coincidencia de dichas modificaciones entre todos los centros de su municipio. En todo caso, las modificaciones solicitadas respetarán el número total de días lectivos o duración en su caso, de las diferentes enseñanzas.
Durante cursos anteriores, se han autorizado cambios en el calendario escolar que han afectado tanto al inicio de curso como a la modificación de días no lectivos y lectivos, con la finalidad de adecuar los calendarios escolares de los centros educativos a festividades tradicionales o la celebración de actos de índole social.
En los últimos años, cabe destacar el adelanto del inicio de las actividades lectivas en Soria capital y otras localidades de la misma provincia en diversas enseñanzas con la finalidad de adecuarse a festividades locales. De igual forma, se han solicitado cambios de los días no lectivos de Carnavales por otros en León y Soria; de días aislados en prácticamente todas las provincias de la Comunidad para celebrar festividades locales, que han sido autorizados en su totalidad por las direcciones provinciales de Educación siempre que se han cumplido los requisitos para ello y atendiendo a la mejor organización de las distintas enseñanzas, garantizando en todo caso el comienzo y la finalización de las actividades en relación al acceso por medio de las distintas pruebas extraordinarias y el acceso a niveles superiores de enseñanza.
En los archivos adjuntos pueden ser consultados tanto el calendario como la orden publicada por la Consejería de Educación.