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La Guardia Civil investiga a un conductor de Almazán que triplicaba la tasa de alcohol permitida

La Guardia Civil investiga a un conductor de Almazán que triplicaba la tasa de alcohol permitida

Actualizado 07/05/2018 17:44

Se trata de un vecino de la villa quien, según fuentes oficiales, no había obtenido nunca el permiso de conducir. Circulaba con un turismo por una calle de dicha localidad.

Agentes del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Soria han investigado al vecino de Almazán D.F.B.V., de 52 años, como presunto autor de dos delitos contra la Seguridad Vial cometidos cuando conducía un turismo por una calle de la villa adnamantina. El primer delito, por superar las tasas de alcohol legalmente establecidas y el segundo, por no haber obtenido nunca el permiso de conducir.

Este hecho fue descubierto a las 15:30 horas de la tarde del sábado en la calle Calatañazor de Almazán, cuando la Guardia Civil observó cómo el mencionado conductor cometía infracciones circulatorias que incluso podían poner en riesgo la seguridad de los viandantes. El investigado dio un resultado de 0,87 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. Además, se pudo comprobar que no había obtenido nunca la correspondiente autorización administrativa para conducir vehículos a motor.

La Ley de Seguridad Vial fija una tasa máxima de alcohol permitida de 0,25 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. Por lo tanto, el conductor investigado superaba en más de tres veces esta tasa. Por encima de 0,50 mg/l la Ley contempla una sanción de 1.000 euros y la pérdida de 6 puntos del permiso de conducir.

Además, el capítulo IV del Código Penal que tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico, establece para conductores que superen los 0,60 mg/l penas de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.

El Código Penal castiga también el hecho de conducir un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción. Se castiga con pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

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