La presentación de las solicitudes finaliza el 8 de junio a las 14.00 debiendo presentarse las peticiones exclusivamente por medios telemáticos. La convocatoria se destina a todos los ayuntamientos de la provincia que cuenten entre sus empadronados con personas en paro desempleados inscritos en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León.
El Boletín Oficial de la Provincia ha publicado hoy la convocatoria de subvenciones para que los ayuntamientos puedan contratar a desempleados para obras y servicios de interés general. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el próximo 8 de junio a las 14.00 horas, debiendo presentarse las peticiones exclusivamente por medios telemáticos de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/15, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El Plan de Fomento del Empleo para los ayuntamientos cuenta con una partida de 400.000 euros, complementada al 50% por parte de los municipios, de modo que contrato de trabajo estará subvencionado al 50% por la Diputación, con un máximo de 5.000 euros, debiendo aportar el ayuntamiento el 50% restante de todos los gastos que se consideren subvencionables. La convocatoria cuenta además con cofinanciación de la Junta de Castilla y León por importe de 393.839 euros.
Estas subvenciones se destinan a todos los ayuntamientos de la provincia que cuenten entre sus empadronados con desempleados inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, conforme al promedio de paro registrado entre marzo de 2018 y abril de 2017, publicado por el Servicio Público de Empleo estatal. La contratación de los trabajadores deberá realizarse entre el 1 de abril y el 30 de junio, siendo el contrato a jornada completa con una duración de 180 días.
En cuanto a los trabajadores contratados, deberán pertenecer a los siguientes colectivos: jóvenes menores de 35 años, preferentemente sin cualificación; mayores de 45 años, especialmente para quienes carezcan de prestaciones y presenten cargas familiares; y parados de larga duración, con especial atención a aquellos que han agotado sus prestaciones por desempleo y las personas en riesgo de exclusión social. Se entiende por parado de larga duración las personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo no ocupados al menos 12 meses en un periodo de 18 meses.
Respecto a los criterios de concesión de las subvenciones, se tendrá en cuenta el paro registrado entre los meses de marzo de 2018 y abril de 2017. En caso de igual número de desempleados del municipio las solicitudes se ordenarán de mayor a menos por la población de derecho del municipio, conforme al último censo disponible del Instituto Nacional de Estadística. De esta manera, los municipios con 100 o más desempleados inscritos que soliciten tres o más trabajadores tendrán garantizada financiación para tres contratos; los que tengan entre 20 y 99 desempleados que soliciten dos o más trabajadores tendrán financiación para dos contratos; los que tengan entre 5 y 19 desempleados tendrán garantizada financiación para un contrato; y para aquellos municipios que tengan entre 1 y 4 desempleados se les subvencionará un trabajador, hasta agotar el crédito presupuestario.
Serán gastos subvencionables los costes salariales y extra salariales de la contratación de trabajadores; los costes de la Seguridad Social de la contratación de trabajadores; y los costes de la indemnización por fin de contrato. Los ayuntamientos deberán presentar la justificación de la subvención antes del día 8 de febrero de 2019.
El BOP puede ser consultado en el archivo adjunto.