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USO recurre las bases de bomberos y advierte que la Diputación pretende burlar una sentencia

USO recurre las bases de bomberos y advierte que la Diputación pretende burlar una sentencia

Actualizado 01/10/2018 11:47

El recurso del sindicato advierte que la Diputación de Soria, de acuerdo a su propia RPT de 2018, no ha creado ni contemplado en su presupuesto las 10 plazas de bomberos que para su Servicio Provincial ha convocado para cubrir con carácter de interinidad.

La USO recurre las bases de bomberos interinos y advierte que la Diputación de Soria pretende burlar la sentencia del contencioso administrativo de Soria. El recurso se fundamenta en la impugnación del propio objeto de la convocatoria, que establece que es “la elaboración de una lista ordenada de candidatos para su nombramiento cómo funcionarios interinos”. El sindicato aduce que la Relación de Puestos de Trabajo del Personal Funcionario y eventual de la Diputación Provincial de Soria publicado en el BOP número 11 del 26 de enero de 2018, respecto a la plantilla del Servicio de Bomberos no establece más puestos de trabajo que los de cinco cabos jefes de parques comarcales.

El recurso del sindicato se fundamenta en lo dispuesto en el artículo 74 del texto refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que establece que las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que estén adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias.

USO recuerda además que respecto a la ordenación del empleo público, continúan en vigor las normas anteriores a la publicación del EBEP, a la espera de nueva legislación estatal o autonómica de desarrollo del Estatuto y sus reglamentos, a tenor de lo establecido en el número 3 de la Disp. Final 4ª de dicha Ley.

En la misma línea argumental, USO advierte que el art. 90.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de Bases de Régimen Local, se remite a la normativa básica sobre función pública, al establecer que: «2. Las Corporaciones locales formarán la relación de todos los puestos de trabajo existentes en su organización, en los términos previstos en la legislación básica sobre función pública.

El recurso del sindicato, que repasa diversa jurisprudencia, advierte que la Diputación de Soria, de acuerdo a su propia RPT de 2018 no ha creado ni contemplado en su presupuesto las 10 plazas de bomberos que para su Servicio Provincial ha convocado para cubrir con carácter de interinidad.

Para USO la pretensión de organizar un servicio sobre una oferta de empleo para funcionarios interinos no tiene encaje legal, recordando además que la presunta diversidad competencial que esgrime la Diputación es radicalmente capciosa, recordando que pese a la claridad de la Ley 7/85 Reguladora de Bases de Régimen Local (LBRL) tuvo que ser un dictamen del consejo consultivo de Castilla y León el que aclarara de manera contundente que “las únicas Administraciones obligadas legalmente a prestar el servicio de prevención y extinción de incendios en zonas urbanas son los municipios con una población superior a 20.000 habitantes y recae en las Diputaciones Provinciales la obligación de asegurar la prestación de ese servicio a municipios de menos de 20.000 habitantes” (Ayuntamiento de Ponferrada, 2013).

Sobre esta certidumbre y por existir desde hace años un Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento Provincial, USO argumenta que la presunta, aparente, gestual y sobrevenida urgencia pretende justificar, para burlar una sentencia, la cobertura mediante funcionarios interinos de un Servicio que se ha venido ostentando, con sujeción a la Ley, desde 1985 y que debiera resolverse mediante la creación y dotación de las oportunas plazas de bomberos conductores, funcionarios de carrera.

Por todo ello, USO ha solicitado a la Diputación de Soria que se dicte resolución en la que se declare la invalidez del acto impugnado y en su consecuencia se proceda a la anulación de estas bases para la provisión de 10 plazas de bomberos conductores interinos.

USO quiere hacer llegar a todos los grupos presentes en la Diputación de Soria su alícuota parte de responsabilidad en la pretensión de conformar un servicio precario fundamentado en el incumplimiento del propio Acuerdo de funcionarios, en la burla a la sentencia del contencioso administrativo de Soria y en la temeridad procesal de no esperar tan siquiera, por unos días, al fallo del TSJCyL.

En la cercanía electoral quiere invitar además a todos los partidos a incluir en sus programas propuestas y compromisos en materia de prevención de incendios y salvamento en el ámbito provincial de Soria. Para la USO es imprescindible dotar al medio rural de servicios de seguridad pública que minoren la sangría poblacional, unos servicios que para ser efectivos deben establecerse con respeto al empleo de calidad y con derechos.

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