El Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC) y la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM), de la que forma parte FETRACAL, han marcado como fecha límite el 15 de enero. “Habrá paro patronal en el transporte de mercancías por carretera si las administraciones y los cargadores no atienden las reivindicaciones del sector”, señalan en la CETM
La Federación de Empresas de Transporte de Mercancías por Carretera de Castilla y León (FETRACAL) respalda la iniciativa, adoptada por el Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC), de convocar un paro patronal en el transporte de mercancías por carretera, si no son atendidas sus reivindicaciones, tanto por los cargadores como por las administraciones, antes del 15 de enero de 2019 como fecha límite. Así, el Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC), se pronunció, por aplastante mayoría de un 94,9 por ciento, a favor de un paro.
El CNTC está formado por diferentes asociaciones empresariales del transporte, siendo la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) la organización mayoritaria y que, a su vez, a FETRACAL.
El CNTC ha elaborado un documento en el que se detallan las principales medidas a debatir de forma urgente con los los cargadores y administraciones. No obstante, el principal punto que CETM considera ineludible es que se reconozca al transporte de mercancías por carretera como sector estratégico de la economía nacional, fundamentalmente por parte de las administraciones públicas. FETRACAL se adhiere a esta petición y exige su inmediata puesta en marcha.
Las medidas acordadas por el CNTC son las siguientes:
1.-Compromiso de no aplicación de la directiva Euroviñeta en la totalidad de la red viaria. Derogación de la totalidad de las medidas adoptadas de desvío obligatorio del transporte pesado hacia vías de peaje.
2.- Modificación de la ley de contrato de transporte, derogando la posibilidad del pacto en contrario, en las siguientes materias: plazos de pago; aplicación de la cláusula de revisión del precio del combustible y operaciones de carga y descarga. Incluyendo la prohibición de que, en el transporte de carga completa, la carga y la descarga la realice el conductor del vehículo. Coordinación de las actividades de transporte. Por último, reducción del tiempo previsto para la paralización, y su pago efectivo por parte de los cargadores.
3.-Desarrollo de medidas eficaces en la lucha contra las empresas buzón y otros supuestos de competencia desleal.
4.- Coordinación de planes de movilidad.
5.- Armonización fiscal en el sector del transporte.
6.- Solución a los cuellos de botella en pasos fronterizos.
7.- Negociación y racionalización en la política de transición ecológica.
8.- Elaboración y desarrollo de planes de áreas de descanso en toda la red viaria. Con certificación de área segura.
9. Modificación de la regulación de la acción directa, extendiendo su ejercicio a los operadores de transporte.
10.- Inclusión en el régimen de gasóleo profesional a todo el transporte profesional de mercancías sujeto a autorización de transporte.
11.- Suspensión en la aprobación del ROTT sin consenso del Comité Nacional.
12.- Tras consulta efectuada a la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia regulador de esta medida, en caso positivo, prohibir por ley su realización en el sector del transporte, bajo condiciones económicas abusivamente bajas, más allá de los costes mínimos de transporte referenciados en los Observatorios publicados por el Ministerio de Fomento.
Tando el CNTC como la CETM han dilatado expresamente la fecha de cierre de las negociaciones hasta el 15 de enero, con el fin de no causar graves perjuicios y molestias a la sociedad en general, en cuanto a la distribución de productos (perecederos fundamentalmente) se refiere, en fechas especialmente “críticas” como las fiestas navideñas.