La Sala de lo Penal desestima el recurso de casación interpuesto por Drish Faesh que deberá asumir una condena de 20 años de prisión.
La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha desestimado el recurso de casación presentado por Driss Faseh que había sido condenado por la muerte de su mujer, Rachida Nour, en unos hechos que se remontan a la noche del día 22 de junio de 2015 y que la Sala da como probados. Como se recordará, la Audiencia Provincial de Soria condenaba al que en el día de autos era esposo de la fallecida con la que tenía un hijo que entonces contaba con dos meses de edad.
En la sentencia, el TSJ confirma a Faseh como "responsable del delito de asesinato" ratifica el fallo de la Audiencia le condena al pago de las costas del proceso, deberá indemnizar a su hijo con 210.000 euros en la persona de su representante legal, y no podrá aproximarse a él a una distancia inferior a 500 metros durante 30 años. También deberá indemnizar a los padres de Rachida con 80.000 euros y al hermano de esta con otros 20.000.
El TSJ, en su sentencia no ve vulneración del principio de presunción de inocencia ni de Infracción de Ley, causas en las que se fundamenta el recurso de casación. En la primera de estas apreciaciones, la Sala indica expresamente que "lo que hace el recurrente es disentir nuevamente de la valoración de la prueba efectuada en primera instancia", mientras que la segunda, la sentencia prfevia "contiene explicación coherente y clara de lo ocurrido que, además, viene amparada por el resultado de los medios probatorios practicados".
Así las cosas, el TSJ hace figurar en la sentencia que "existen elementos suficientes para considerar que la pena de prisión impuesta es adecuada y proporcional a los hechos objeto de enjuiciamiento, por lo que el motivo debe ser desestimado".