La Cámara de Soria ya está desarrollando funciones de mediación concursal por encomienda de la Ley 25/2015, de segunda oportunidad.
A través de este servicio, un autónomo que no pueda afrontar el volumen de deudas con sus actuales ingresos y patrimonio puede, a través de la Cámara, intentar alcanzar un acuerdo de pago con sus acreedores o si no se llega al acuerdo, la exoneración total de las deudas insatisfechas con la ejecución de su patrimonio en un concurso de acreedores.
Aquellas personas interesadas en iniciar un procedimiento de Acuerdo Extrajudicial de Pagos, pueden hacerlo, presentando su solicitud en la Cámara.
El objetivo es permitir que una persona física, a pesar de un fracaso económico empresarial o personal, tenga la posibilidad de encarrilar nuevamente su vida e incluso de arriesgarse a nuevas iniciativas, sin tener que arrastrar indefinidamente una losa de deuda que nunca podrá satisfacer.
La experiencia ha demostrado que cuando no existen mecanismos de segunda oportunidad se producen desincentivos claros a acometer nuevas actividades e incluso a permanecer en el circuito regular de la economía. Ello no favorece obviamente al propio deudor, pero tampoco a los acreedores ya sean públicos o privados. Al contrario, los mecanismos de segunda oportunidad son desincentivadores de la economía sumergida y favorecedores de una cultura empresarial que siempre redundará en beneficio del empleo.
Además de esta orientación del servicio hacia la segunda oportunidad de los autónomos, las personas jurídicas también podrán contar con los servicios de la Cámara para la obtención de un acuerdo extrajudicial de pagos con sus acreedores para superar una situación de crisis empresarial.
La Cámara presentará a los medios de comunicación este servicio el próximo lunes 29 de abril a las 11 horas. A continuación, sobre las 11,30 horas tendrá lugar una jornada informativa para interesados en dicho servicio.