La Sala entiende que el hecho de haberse dictado sentencia condenatoria no debe implicar necesariamente riesgo de fuga cuando anteriormente se han mantenido a disposición de la Justicia.
La Audiencia Provincial de Burgos ha acordado mantener la situación de libertad provisional bajo fianza de 6.000 euros (ya prestada en su día) para los tres exjugadores de la Arandina condenados recientemente a penas de 38 años por agredir sexualmente a una menor.
La Sala rechaza así la petición de la Fiscalía y de la Acción Popular, que solicitaron el ingreso inmediato en prisión provisional de los tres jóvenes condenados sin esperar a que se resuelvan los eventuales recursos que puedan presentarse contra la sentencia.
Tras la celebración de una vista, el Tribunal ha resuelto no ingresar en prisión a los condenados. En un auto notificado a las partes, la Sala apela a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional para concluir que, a pesar de lo abultado de la pena que les ha sido impuesta, "deberá tomarse en consideración la estabilidad domiciliaria de los procesados, la disponibilidad de medios para poder desarrollar su vida, la integración en su contexto familiar y convivencial extenso".
En este sentido, la Sala añade que "en el presente supuesto se considera que encontrándose los procesados en situación de libertad provisional con fianza de 6.000€, habiendo cumplido las obligaciones impuestas de presentaciones periódicas ante los Juzgados de su residencia [cada 15 días], y a la vista de la documentación aportada, el hecho de haberse dictado sentencia por la que resultan condenados, no debe implicar necesariamente el riesgo de fuga, cuando se han mantenido a disposición de la Justicia, y han acreditado arraigo bastante ".
Contra esta resolución, cabe recurso de súplica ante la propia Audiencia Provincial de Burgos.