En Soria se han solicitado 1.048 Expedientes de Regulación Temporal de Empleo y hay 5.653 trabajadores potencialmente afectados.
La Junta ha recibido 27.009 solicitudes de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs) de empresas con centro/s de trabajo en Castilla y León desde el lunes, 16 de marzo, hasta las 14 horas de hoy miércoles, día 1 de abril, en el contexto de la crisis del coronavirus COVID-19. Estos expedientes afectan a un número potencial de 151.401 trabajadores en la Comunidad.
A continuación se detalla el cómputo de los ERTEs que constan como presentados a efectos administrativos ante las nueve Oficinas Territoriales de Trabajo (OTT) y la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de Empleo e Industria:
- Ávila: 1.637 ERTEs y 6.310 trabajadores.
- Burgos: 3.938 ERTEs y 28.292 trabajadores.
- León: 5.378 ERTEs y 19.103 trabajadores.
- Palencia: 1.558 ERTEs y 7.172 trabajadores.
- Salamanca: 3.566 ERTEs y 12.059 trabajadores.
- Segovia: 1.853 ERTEs y 7.968 trabajadores.
- Soria: 1.048 ERTEs y 5.653 trabajadores.
- Valladolid: 5.871 ERTEs y 25.450 trabajadores.
- Zamora: 1.782 ERTEs y 6.157 trabajadores.
- Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales: 378 ERTEs y 33.237 trabajadores.
La Junta de Castilla y León, a través de Consejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior, facilita una visualización de la evolución de los ERTEs recibidos por la autoridad laboral en la Comunidad y su impacto potencial sobre el empleo en el contexto de la crisis del coronavirus COVID-19. Puede consultarse aquí Enlace a la información actualizada sobre ERTES
NOTA ACLARATORIA: conforme a la normativa vigente, la autoridad laboral competente para tramitar estos expedientes de regulación es:
- Las OTT de Castilla y León, cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en una provincia.
- La Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Junta, en tres supuestos: cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en el territorio de una provincia, pero tenga más de 200 trabajadores afectados; cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en el territorio de dos o más provincias de Castilla y León; y finalmente cuando el procedimiento afecte a trabajadores que desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo situados en el territorio de dos o más comunidades autónomas, pero el 85 % de la plantilla de la empresa, como mínimo, radique en el ámbito territorial de Castilla y León y existan trabajadores afectados en la misma.
- El Ministerio con competencias en el ámbito laboral, cuando la empresa disponga de centros de trabajo en dos o más comunidades autónomas.