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Las entidades deportivas podrán optar a ayudas de la Junta para paliar los efectos de la crisis

Las entidades deportivas podrán optar a ayudas de la Junta para paliar los efectos de la crisis

Actualizado 20/05/2020 13:04

El Boletín Oficial de Castilla y León publica hoy las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a clubes y sociedades anónimas deportivas, así como a las federaciones deportivas de la Comunidad.

La Consejería de Cultura y Turismo publica hoy en el Boletín Oficial de Castilla y León las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a los clubes deportivos y sociedades anónimas deportivas que cuenten con un equipo en categoría nacional absoluta, así como las federaciones deportivas de Castilla y León, siempre que estén inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Castilla y León.

La aprobación del Decreto-Ley 2/2020, de 16 de abril, de medidas urgentes y extraordinarias para la protección de las personas y las empresas de Castilla y León frente al impacto económico y social de la COVID-19 prevé, entre otras medidas, la concesión de subvenciones para dotar de liquidez y adaptarse a la situación a las entidades deportivas de Castilla y León, por procedimiento de concesión directa. En virtud de este decreto, y centrados en el sector deportivo de la Comunidad, la Consejería de Cultura y Turismo suma a estas ayudas las que va a conceder para la modernización, innovación y digitalización del sector, que debe adaptarse a la situación creada por la crisis sanitaria, y cuyas bases reguladoras se publicaron en el BOCyL del pasado 15 de mayo.

Contenido de las ayudas

Los gastos subvencionables que cubren estas ayudas económicas, y que deberán haberse devengado en el período establecido en la convocatoria correspondiente, serán los salarios percibidos por las personas sujetas a una relación laboral permanente con la entidad deportiva; alquiler y conservación de la sede social y de instalaciones deportivas; luz, energía y material de oficina; asesorías fiscal, laboral, contable o legal relacionadas con la COVID-19; seguros generales, excluidos los asociados a las licencias y mutualidades; pagos a Seguridad Social y Administración Tributaria; gastos por comunicación, bancarios e intereses de financiación, excluidos los deudores de las cuentas bancarias; gastos derivados de celebración de asambleas generales y juntas directivas o asimilados para el tratamiento y adopción de acuerdos relacionados con la crisis; gastos de publicidad encaminados a conseguir recursos con los que paliar la crisis sanitaria y los directamente relacionados con actividades deportivas para la organización de actividades deportivas online como hosting, diseño, pasarela de pagos y pago a profesores y gastos destinados a implementar las medidas necesarias para la vuelta de la actividad deportiva; adquisición o alquiler de material deportivo; gastos farmacéuticos y médicos; licencias que deba abonar el club deportivo o sociedad anónima deportiva.

La cuantía individualizada de cada subvención se obtendrá en función del tipo de beneficiario con estos criterios: federaciones deportivas de Castilla y León, se subvencionará el 100 % de los gastos subvencionables acreditados con un máximo de 80.000 euros.

En cuanto a los clubes deportivos, así como a las sociedades anónimas deportivas, se subvencionará el 100 % de los gastos subvencionables acreditados, con importes máximos de 10.000 euros, en función de la modalidad deportiva y categoría, según el caso.

El Bocyl puede ser consultado en el archivo adjunto.

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