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Casi 178.000 personas sufren algún tipo de discapacidad en la región

Casi 178.000 personas sufren algún tipo de discapacidad en la región

Actualizado 03/12/2020 20:17

La Junta de Castilla y León impulsa el Anteproyecto de Ley de garantías de atención a las personas con discapacidad a lo largo de su vida.

Coincidiendo hoy con la celebración del Día Internacional de las personas con discapacidad, la consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, Isabel Blanco ha informado en Consejo de Gobierno sobre el anteproyecto de Ley de Garantías de atención a las personas con discapacidad a lo largo de su vida. Una ley que se aprobará en las Cortes el próximo año, que ha sido consensuada con CERMI Castilla y León y con la que se pretende avanzar de manera efectiva en la defensa y promoción de los derechos de las casi 178.000 personas con discapacidad que residen en la Comunidad (algo más del 57 % padece discapacidad física, el 17 %, el 11,5 % intelectual, el 7,5 % visual y el 7 % auditiva) y que representan casi el 8 % de la población total.

Esta Ley novedosa y pionera, respecto al resto de normas actuales en España, consolida el Modelo de atención centrada en la persona, orientada a la promoción del derecho de las personas con discapacidad a participar en la toma de decisiones de su propio proyecto de vida, y que piensa en el presente y futuro de las personas con discapacidad. Asimismo, nace del compromiso de la Junta de Castilla y León por hacer posible el derecho de las personas con discapacidad a una vida independiente y su plena inclusión en la sociedad, ya que su objeto es garantizar la atención continua especializada de las personas con discapacidad durante todas las etapas de su ciclo vital o posibles situaciones de especial vulnerabilidad en que se puedan encontrar, contando para ello con los apoyos necesarios adaptados a sus capacidades y situación, de acuerdo siempre con sus deseos y preferencias, contenidos en el proyecto de vida, y evitando figuras limitadoras de sus derechos, de conformidad con las recomendaciones que el propio Comité de seguimiento de la Convención sobre los Derechos de las personas con discapacidad ha efectuado a España.

Regular y garantizar la continuidad de los apoyos

Esta Ley es la garantía legal de una atención centrada en cada persona con discapacidad mediante una acción coordinada de los diferentes sistemas públicos de bienestar social y la colaboración de las entidades del tercer sector del ámbito de la discapacidad, que responde a las demandas del sector de la discapacidad de regular y garantizar la continuidad de los apoyos que precisan estas personas durante su proceso de envejecimiento, así como cuando sus familiares ya no puedan prestárselos. Además, es fruto del diálogo y del consenso con este sector, con un texto en el que han participado profesionales de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades y de CERMI CyL, que forma parte del desarrollo del Modelo de mejora para la atención a las personas con discapacidad en Castilla y León que se está desarrollando en los últimos años.

La Ley incluye varios aspectos: la atención centrada en la persona, la continuidad de apoyos, la promoción de la autonomía personal y la ética como base del modelo de atención primando el reconocimiento de la dignidad de la persona y sus valores, así como el derecho que debe tener toda persona con discapacidad para tomar decisiones sobre su propia vida.

Para ello, se establece un sistema de apoyos planificado y de futuro, que seguirá vigente incluso cuando falten sus familiares o tutores, y que se elaborará con el asesoramiento de un profesional de referencia contando con la familia, conforme a los deseos y preferencias de la personas con discapacidad. Finalmente, se plasmará en un itinerario vital denominado Proyecto de Vida que serán declaraciones de voluntad de las personas con discapacidad y de sus familias y una hoja de ruta con una planificación de apoyos y adaptaciones personales, que guíe a los profesionales en su atención cuando los apoyos familiares falten, garantizando que su voluntad y preferencias sean tenidas en cuenta en ese momento futuro. Además, se desarrollarán servicios de apoyo a las personas y a las familias y cuidadores para la activación del proyecto de vida.

Los apoyos pueden proceder de personas como la figura del asistente personal, de servicios de tecnología como el apoyo a través de sillas de ruedas, audífonos, dispositivos de ayuda visual, equipos y programas informáticos especializados o incluso de servicios de estimulación, fisioterapia, promoción de la autonomía o formación.

Tomar su propia decisión

Con esta Ley se promoverá siempre la figura menos limitadora de sus derechos, procurando que la persona con discapacidad pueda tomar su propia decisión, informándola, ayudándola en su comprensión y razonamiento y facilitando que pueda expresar sus preferencias.

De hecho, en el primer Título de la Ley se reflejan los apoyos en las transiciones a lo largo de la vida de las persona con discapacidad, apostando siempre por la investigación, innovación tecnológica y la formación de los profesionales para la mejora continua de estos apoyos, entre los que destacarían:

  • En los primeros años de vida, con la Atención Temprana, que es la prestación de acceso universal en Castilla y León. En la actualidad son atendidos más de 3.200 niños de 0 a 3 años por 134 profesionales y 21 equipos.
  • En el paso de la etapa educativa a la laboral y vida adulta que supone el derecho a la atención en Centro de Día que garantice, con continuidad a la del sistema educativo, el proceso de integración social y laboral de las personas con discapacidad una vez culminados los ciclos educativos a los que puedan acceder en las diferentes áreas de la Administración como servicios sociales, educación, sanidad, ocio y tiempo libre, cultura o deporte, para que puedan desempeñar un trabajo adecuado a su evolución y seguir disfrutando de un ocio según sus intereses.
  • En la transición del trabajo a la jubilación, con el desarrollo de actividades de Envejecimiento Activo para que, con el paso de los años y aunque falten sus familiares, las personas con discapacidad puedan envejecer de forma saludable sin perder la autonomía alcanzada a lo largo de su vida. De esta manera se pretende que puedan seguir viviendo donde ellas deseen o permanezcan en el entorno donde han desarrollado su trayectoria vital, evitando el desarraigo y la soledad.
  • En las transiciones vitales profundas que generen situaciones de desamparo personal por la desaparición o merma significativa de los apoyos familiares a causa del envejecimiento del entorno o por otras situaciones de prioridad social, tendrán prioridad en el acceso de las prestaciones esenciales como el alojamiento (atención residencial y otros modelos de vivienda) y a otros apoyos sociales que precise.

En el Título II se reflejan otras actuaciones que completan y mejoran las medidas de apoyo antes mencionadas, destacando:

  • Una atención ética y respetuosa con la dignidad humana a través de la constitución de grupos de reflexión ética que facilitarán a los profesionales el asesoramiento necesario para abordar los conflictos de valores que se susciten en su práctica profesional.
  • Se potenciarán las medidas dirigidas a aplicar el enfoque de género que permita tomar en consideración las necesidades específicas de las mujeres y niñas con discapacidad para prevenir la violencia de género y los malos tratos hacia las personas con discapacidad.
  • Fomento del uso de las nuevas tecnologías y adaptaciones técnicas entre las personas con discapacidad para promover el aprendizaje, la inserción y la comunicación, especialmente en las zonas rurales.

Para llevar a cabo la planificación y desarrollo de todas las actuaciones previstas en la Ley, la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades seguirá contando con la colaboración de las entidades del tercer sector, promoviendo un trabajo en red de las entidades del tercer sector social entre sí y también con las administraciones públicas, con el objetivo de situar a Castilla y León a la vanguardia en la defensa y promoción de los derechos de las personas con discapacidad.

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