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Coronavirus en Castilla y León: Las medidas y la normativa en vigor a partir de este viernes 4

Coronavirus en Castilla y León: Las medidas y la normativa en vigor a partir de este viernes 4

Actualizado 03/12/2020 20:34

El Bocyl publica esta misma tarde el acuerdo por el que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se aprueba el Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, en la Comunidad de Castilla y León.

A partir de mañana, 4 de diciembre, la provincia segoviana, ante la mejora que los últimos indicadores epidemiológicos y asistenciales reflejan sobre su situación sanitaria, rebaja su calificación respecto a la emergencia pandémica y adopta las medidas preventivas que, para el Nivel 3 de alerta sanitaria, se establecen en el Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, en la Comunidad de Castilla y León. Esta situación supone una rebaja en su calificación respecto a la emergencia pandémica, que en el resto de la Comunidad autónoma continúa en el Nivel 4.

La vigencia de esta nueva calificación se mantendrá mientras subsistan las condiciones de riesgo sanitario por infección de COVID-19 que justifican esta calificación como Nivel 3, en el que es importante recordar que sigue existiendo un riesgo alto, con transmisión comunitaria no controlada y sostenida, que excede las capacidades de respuesta del sistema sanitario.

Las intervenciones preventivas que caracterizan a la aplicación del Nivel 3 de alerta sanitaria se centran, con carácter general, en limitaciones de aforos para los distintos sectores sociales y de actividad y en restricciones en el número máximo de personas que pueden realizar una actividad.

De forma más concreta y sectorializada, las medidas se pueden consultar en el Acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se establecen niveles de alerta sanitaria y se aprueba el Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19

En todo caso es importante recordar que se mantienen en plena vigencia otros mandatos de ámbito individual, tales como el toque de queda entre las diez de la noche y las seis de la mañana, el uso obligatorio de mascarillas, la limitación de las reuniones familiares y sociales a un máximo de seis personas, la distancia interpersonal de seguridad y los cierres perimetrales de la Comunidad y de territorios concretos castellanos y leoneses.

Salamanca, León y Ávila

En el caso de las provincias de Salamanca y León, decaen las medidas excepcionales establecidas en los acuerdos de 3 y 12 de noviembre, por lo que vuelven a las restricciones ordinarias fijadas para el Nivel de Alerta 4, en el que está también la provincia de Ávila. Esta eliminación de las medidas excepcionales se concreta en la vuelta a las actividades de restauración, tanto en interiores-excepto consumo en barra- como en terrazas; la reapertura al público de los grandes establecimientos comerciales definidos en el artículo 15 del texto refundido de la Ley de Comercio de Castilla y León, así como comercios de más de 2.500 metros cuadrados; y la reapertura al público de instalaciones deportivas convencionales y centros deportivos para la realización de actividad física que no sean al aire libre, con asistencia de público en aquellos casos en los que está permitido.

En el caso de la hostelería y restauración, se recuerda que el consumo dentro del local no se podrá efectuar en barra o de pie y deberá realizarse sentado en mesa o agrupaciones de mesas, no pudiendo superarse el 33 % del aforo. Se limitará la ocupación máxima de mesas o agrupaciones de mesas a 6 personas. En todo caso, la distancia mínima entre mesas o agrupaciones de mesas será de 1,5 metros en terrazas al aire libre, y de 2 metros en el interior de los establecimientos. Las terrazas se podrán abrir con el 75 % del aforo.

Los grandes establecimientos comerciales abrirán con un aforo máximo de 1/3, y se mantendrá el horario establecido por el estado de alarma (RD 926/2020).

Para el deporte en establecimientos cerrados es obligatoria la mascarilla (excepto para competiciones oficiales) y desarrollo de deporte sin contacto físico, excepto deportistas profesionales, de alto Nivel o de alto rendimiento. El aforo máximo será del 33 %.

Provincias de Soria, Burgos, Palencia, Valladolid y Zamora

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el Acuerdo referido a la declaración de alerta sanitaria por la pandemia de la COVID-19, por el que se establece el mantenimiento del Nivel 4 en las provincias de Burgos, Palencia, Soria, Valladolid y Zamora y la continuidad, con carácter general, de las medidas extraordinarias para contención de la enfermedad en esos territorios (en el caso de la provincia burgalesa, se exceptúa el municipio de Burgos, para el que asimismo se ha aprobado, mediante Acuerdo específico, el mantenimiento del régimen normativo excepcional vigente en ese término municipal).

En el caso de la hostelería se mantiene la suspensión de las actividades de restauración en el interior de los establecimientos, permitiéndose únicamente dichas actividades en terrazas al aire libre.

Ciudad de Burgos

Si bien en el marco general de una tendencia descendente en la incidencia en la enfermedad, la situación en la capital burgalesa y en su término municipal se sigue manteniendo en parámetros particularmente complicados y graves.

Es por ello que la Junta de Castilla y León, mediante Acuerdo de su Consejo de Gobierno, ha aprobado hoy el mantenimiento de las medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional para el municipio de Burgos.

Las mismas darán continuidad a la situación actual a partir de mañana, 4 de diciembre y hasta el próximo día 10, inclusive; es decir, durante inicialmente siete días más, considerándose, a la vista de la evolución epidemiológica y asistencial, la necesidad de prorrogar las medidas preventivas para la contención de la COVID-19 vigentes.

Sí decae, al finalizar hoy, 3 de diciembre, a las 23,59 h, su período de vigencia la limitación referida a la permanencia en espacios de uso público de la capital burgalesa, tanto cerrados como al aire libre, de un máximo de tres personas, así como la limitación de aforos en lugares de culto, siendo vigentes, en ambos casos las indicadas para el conjunto de la Comunidad, que lo limita a seis personas y al 50%, respectivamente.

Cierre Perimetral

Junto a estas medidas, el presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco, ha aprobado un Acuerdo por el que se prorroga el cierre perimetral de la Comunidad de Castilla y León hasta el próximo día 10 de diciembre. Igualmente, y dada la buena evolución epidemiológica de varias provincias, el presidente ha aprobado la limitación de entrada y salida de personas de la provincia de León y del territorio comprendido en el perímetro conjunto de las provincias de Salamanca, Ávila y Segovia con la finalidad de reducir sustancialmente la movilidad y por tanto, la propagación del virus.

Estas limitaciones de entrada y salida del perímetro conjunto de las provincias de Salamanca, Ávila, Segovia, así como las de la provincia de León, tendrán su excepción en aquellos desplazamientos debidamente justificados como son la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales; asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil; retorno al lugar de residencia habitual o familiar; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, entre otros.

El Acuerdo adoptado en el día de hoy también establece la posibilidad de entrar y salir del territorio de la provincia de León y del territorio comprendido en el perímetro conjunto de las provincias de Salamanca, Ávila y Segovia, siempre y cuando el origen y destino del trayecto sean estos territorios.

Estas medidas entrará en vigor a las 00.00 horas del próximo viernes 4 hasta las 23.59 del próximo día 10 de diciembre.

El Bocyl puede ser consultado en el archivo adjunto.

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