De esta manera, el nuevo reglamento ya será plenamente aplicable en la próxima media veda, que se inicia, como es tradicional, el día 15 de agosto.
Esta nueva norma viene a sustituir a Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, adaptando el marco regulatorio a la realidad social, económica y ambiental de nuestro territorio, que ha experimentado notables cambios en estos 25 últimos años, tanto en la situación poblacional de las especies cinegéticas y en los hábitats en que éstas se encuentran, como en las demandas e inquietudes de la sociedad sobre esta actividad.
Los aspectos más destacables de la nueva ley son:
Se incorporan importantes novedades en relación con la planificación cinegética, para garantizar al máximo que la caza se practique en Castilla y León de forma ordenada, controlada y sostenible. De esta manera se prevé la elaboración de una Estrategia de la Caza de Castilla y León, de Planes Territoriales de recursos cinegéticos y de Planes de Gestión de Especies cinegéticas, para aquellos territorios y especies que requieran de una consideración especial. Igualmente, los planes cinegéticos de los cotos de caza deberán ser elaborados por técnicos especializados, y basarse en censos rigurosos realizados con una metodología avalada técnicamente.
Se regulan las especies cinegéticas, que son las únicas que pueden ser objeto de caza. No obstante se habilitan mecanismos de rango reglamentario para declarar otras especies como cinegéticas, o para excluir, bien temporalmente o con carácter definitivo, a determinadas especies. Y se regula la posibilidad de que una especie cinegética sea declarada “de atención preferente”, por lo que será objeto de planes de gestión específicos.
También destaca la importancia del seguimiento poblacional de las especies cinegéticas, como herramienta imprescindible para garantizar que la práctica de la caza no pone en peligro el estado de conservación de las mismas. A tal fin, se prevé implantar un nuevo “Sistema de Seguimiento de las Poblaciones Cinegéticas de Castilla y León”, que utilizará todas las fuentes de información disponibles, y un novedoso y riguroso sistema de control de las capturas realizadas por los cazadores.
Otra novedad es la creación de las figuras de los cotos colaboradores, que deberán contar con asesoramiento técnico permanente que asegure la obtención de información de calidad, y del cazador colaborador, que aportarán importante información sobre la gestión cinegética, las capturas, el seguimiento poblacional y otros aspectos que contribuirán a mejorar el conocimiento y la gestión de la caza en Castilla y León.
En cuanto a los terrenos cinegéticos, la ley unifica en 250 hectáreas la superficie mínima necesaria para la constitución de los cotos de caza, y sobre todo introduce cambios relevantes en cuanto al régimen de intervención administrativa, estableciendo con carácter general el procedimiento de declaración responsable para su constitución; además se simplifican los trámites y se hace obligatoria la tramitación telemática. En lo referente a las reservas autonómicas de caza, la ley prevé la posibilidad de segregación de sus terrenos a petición de los propietarios, y se mejora el funcionamiento y el control del fondo de gestión de las reservas mediante la creación de una comisión del fondo de gestión para cada reserva.
La nueva ley de caza también establece los períodos hábiles máximos en los que se podrá practicar la caza, cumpliendo los requisitos establecidos en la normativa comunitaria y estatal. Además, se establece una pormenorizada serie de limitaciones y prohibiciones con el fin de proteger la conservación de las especies, su pureza genética y los hábitats en los que habitan.
Por otro lado, la nueva Ley establece nuevos instrumentos para permitir un adecuado control poblacional de las especies cinegéticas con el fin de evitar riesgos importantes sobre la salud, la seguridad de las personas y los daños a la agricultura, destacando especialmente el establecimiento de la figura de Emergencia Cinegética para acometer situaciones de urgente actuación en caso de importantes daños por una sobreabundancia intensa de determinadas especies.
También establece la Ley de Caza y la obligación de hacer pública con suficiente antelación la celebración de monterías y ganchos, a través de una plataforma pública accesible desde cualquier dispositivo con acceso a Internet, cuestión ésta ampliamente demandada por los practicantes de actividades de uso público en la naturaleza, como el senderismo y el ciclismo de montaña, incrementando así los márgenes de compatibilidad de actividades y de seguridad en el uso público de nuestros montes y espacios naturales.
La nueva ley de caza inició su tramitación pública mediante la consulta previa iniciada el 30 de agosto de 2019, y casi dos años después, tras una amplia participación social, ya es una realidad, avalada por el apoyo casi unánime de los grupos políticos del Parlamento autonómico (79 de los 81 procuradores), tras un intenso diálogo entre los grupos parlamentarios de las Cortes de Castilla y León que derivó en una votación de consenso.
El Bocyl puede ser consultado aquí.