La normativa estatal y autonómica prohíbe la circulación de vehículos a motor fuera de carreteras y pistas, salvo ciertos usos autorizados expresamente. En época de peligro alto de incendios, como la actual, es muy importante la prudencia y el respeto a la normativa para evitar posible sucesos.
Agentes medioambientales de la Junta de Castilla y León en Soria y del Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Comandancia de la Guardia Civil realizan servicios conjuntos de vigilancia y policía en los montes de la provincia de Soria, con objeto de prevenir la circulación de vehículos a motor fuera de carreteras y pistas forestales.
Ya el artículo 2 del Decreto 4/1995, de 12 de enero, de la Junta de Castilla y León, por el que se regula la circulación y práctica de deportes, con vehículos a motor, en los montes y vías pecuarias de la Comunidad especificaba que “los vehículos a motor sólo podrán circular, en los montes y vías pecuarias señalados anteriormente, por las carreteras o caminos, no estando permitida la circulación por sendas o campo a través”.
La circulación de vehículos a motor por el monte se regula según lo dispuesto en el punto 4 del artículo 60 de la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León, y en el punto 2 del artículo 54 bis la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. En esta normativa se dice que la circulación con vehículos a motor por pistas forestales situadas fuera de la red de carreteras quedará limitada a las servidumbres de paso que hubiera lugar, la gestión agroforestal y las labores de vigilancia y extinción de las Administraciones Públicas competentes. Excepcionalmente podrá autorizarse por la Administración Forestal el tránsito abierto motorizado cuando se compruebe la adecuación del vial, la correcta señalización del acceso, la aceptación por los titulares, la asunción del mantenimiento y de la responsabilidad civil.
Por tanto, la circulación y aparcamiento de vehículos no podrá realizarse fuera de las pistas forestales y de las zonas señaladas para aparcamiento, salvo por razones de emergencia o conservación, gestión y vigilancia de montes, labores de extinción de incendios o, excepcionalmente, previa autorización expresa.
Para evitar el tráfico descontrolado fuera de las carreteras y pistas y que esta mala práctica pueda ocasionar daños en los montes, agentes medioambientales de la Junta y del Seprona realizan servicios conjuntos de vigilancia.
Es especialmente importante respetar la normativa y extremar la prudencia en época de peligro alto de incendios, como ocurre en estos meses.
Hay que recordar a los ciudadanos que debe hacerse un uso respetuoso de los montes y que este mal comportamiento genera daños, especialmente a través de procesos erosivos, que al final afean los montes y provocan daños en los mismos a veces irrecuperables.