Si algo ha dejado claro el Ministerio de Hacienda en los últimos años es que sus responsables no titubean a la hora de emprender acciones que persigan a los posibles evasores de impuestos. Sin ir más lejos, la Ley antifraude que entró en vigor durante las primeras semanas de la época estival es un ejemplo de ello.
No obstante, cabe destacar que no todas sus medidas han comenzado a ser penalizadas por la Justicia al mismo tiempo. Si bien la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal fue publicada en dicho mes, la posibilidad de multar a aquellos que empleen softwares de doble uso no ha visto la luz hasta octubre. A continuación, te explicamos en qué consisten las citadas disposiciones.
De acuerdo con el Ministerio de Hacienda, cientos de miles de empresarios hacen uso de softwares que posibilitan la creación de una contabilidad B. Gracias a esta última, los ciudadanos no solo consiguen ocultar a las autoridades los movimientos económicos vinculados a sus respectivos negocios, sino que tienen vía libre a la hora de quedarse con el dinero que dejan de declarar al fisco.
En total, dicha cifra asciende a nada más y nada menos que 200 mil millones de euros, aproximadamente. Con el fin de colaborar con las autoridades y no incurrir en lo que hoy día es un delito, empresas como Software DELSOL ya se han puesto manos a la obra. La solución la encontramos en su programa de actualizaciones, donde cualquier autónomo, entre otros profesionales, puede hacerse con una versión que respeta la nueva ley antifraude.
Además, es cuando menos relevante mencionar que la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) todavía no ha puesto a disposición de los interesados el reglamento al completo, de modo que la citada versión sufrirá modificaciones con el paso del tiempo.
Uno de los cambios más notorios es aquel que concierne a la cantidad de dinero que pueden intercambiarse los ciudadanos en función de la posición que ocupan en ese preciso instante. Es decir, si dos empresarios forman parte de una operación en la que tiene lugar un intercambio económico, este no puede exceder los 1000 €. Mientras que si se produce entre dos simples particulares, el techo de la suma alcanza los 2500 €.
De igual manera, se pone el foco sobre la tenencia de criptomonedas y todas aquellas acciones que se realicen con ellas. Por lo que, a partir de ahora, la posesión de bitcoins, entre otras, deberá incluirse en la declaración de bienes en el extranjero.
Y por último, pero no por ello menos importante, la legislación también estrecha el cerco a los defraudadores y su exposición pública. Aunque antes no formaban parte de la lista de morosos de Hacienda aquellos que tuvieran deudas inferiores al millón de euros, en la actualidad puede aparecer cualquiera que supere los 600 mil.