La Sala estima que con la nueva Ley del 'Solo si es sí' la pena le sería aún más desfavorable para el delincuente.
La Audiencia Provincial de Soria ha acordado hoy no revisar la pena a un hombre, condenado a nueve años de prisión por agredir sexualmente a su hija durante doce años, desde que la niña tenía cuatro hasta que cumplió los 16, al entender que la nueva Ley del 'Solo sí es sí' le sería aún más desfavorable.
La Sala indica que la condena impuesta, con la nueva regulación tras la reforma del nuevo reglamento, se enmarca dentro de lo contemplado como agresiones sexuales a Menores de 16 años con prevalimiento de parentesco y prevé imponer una pena en su mitad superior (de seis a doce años por este delito) por, además, el grado de continuidad delictiva. “Expuesto lo antedicho entendemos que no procede la revisión de la pena impuesta, al entender que comparando la pena impuesta en la sentencia, que lo fue de acuerdo con la redacción del Código Penal anterior con la pena que le correspondería de acuerdo con la nueva reforma operada el 6 de septiembre de 2022, ésta última le es más desfavorable”, indicó.
La sentencia recoge como hechos probados por Sentencia que este hombre agredió sexualmente a su hija en numerosas ocasiones y a consecuencia de ello le ha ocasionado numerosas secuelas psicológicas.
Esta sentencia fue ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.