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El TSJ ratifica la condena de la Audiencia de Soria por acoso y tentativa de allanamiento

El TSJ ratifica la condena de la Audiencia de Soria por acoso y tentativa de allanamiento

Actualizado 09/05/2023 18:56

Los hechos se remontan a 2019 y obtuvieron sentencia en diciembre del año pasado.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha ratificado la sentencia dictada en diciembre pasado por la Audiencia Provincial de Soria en la que se condenaba a un hombre por acoso a una mujer y tentativa de allanamiento de la vivienda de esta. El inicio de los hechos se remontan a 2019.

La resolución judicial venía dada por la presentación de sendos recursos emitidos por el acusado y la perjudicada que finalmente han sido rechazados.

De este modo, el TSJCyL confirma lo ya sentenciado por la Audiencia, dejando probado que el ahora condenado ejerció un acoso continuado y controlándola cuando esta se encontraba en el campo, para lo que hacía uso de unos prismáticos. También el Alto Tribunal ratifica hechos como que esta situación provocó en ella atención psicológica y la necesidad de dormitar en casa de sus padres por el temor generado.

La sentencia contempla una pena de seis meses de prisión en lo referente a acoso y de otros cuatro por el delito de allanamiento de morada en grado de tentativa. A ello se une el distanciamiento a 150 metros de ella, la orden de no comunicarse durante cuatro años con la misma y una indemnización de 5.000 euros. El acusado no ingresará en prisión bajo la condición de no delinquir en un período de dos años.

En cuanto a los recursos, el primero de ellos fue presentado por el acusado que consideraba no haber quedado probados los hechos y también sobre la proporcionalidad de la pena. Mientras, el presentado por la afectada, solicitaba aumentar la distancia de alejamientoya que ella trabaja en un pequeño pueblo de Soria, e el incremento de la cuantíaa indemnizatoria . Ambas pediciones han quedado desestimadas, por lo que las costas respectivas deberán ser satisfechas por las partes.

Contra la actual sentencia cabe recurso de casación por infracción de Ley y por quebrantamiento de forma, dentro de los cinco días siguientes al de

su notificación, para su interposición ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

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