El plazo de presentación de solicitudes se abre desde mañana, día 22, hasta el 21 de agosto.
La Consejería de la Presidencia ha convocado, un año más, las ayudas individuales a los castellanos y leoneses en el exterior que se encuentran en situación de especial necesidad para el año 2023.
Se enmarcan en el III Plan Estratégico de la Ciudadanía Castellana y Leonesa en el Exterior 2021-2024, en el que se recoge como uno de sus objetivos estratégicos “procurar la cobertura de las necesidades básicas de los castellanos y leoneses en el exterior.”
Las ayudas tienen la naturaleza jurídica de prestación económica de carácter social y asistencial, individual, directa y no periódica, distinta a las subvenciones, y son compatibles con cualquier otra ayuda y subvención que pueda conceder la Administración autonómica o cualquier otra administración.
Requisitos necesarios
Para ser beneficiario de las ayudas es necesario ostentar la nacionalidad española; ser mayor de dieciocho años; hallarse residiendo en alguno de los países que se relacionan en el Anexo de la convocatoria; constar inscrito en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero (PERE) en algún municipio de Castilla y León; constar inscrito en el Registro de Matrícula Consular con anterioridad al 31 de diciembre de 2022; y encontrarse en situación de especial necesidad, conforme se determina en el punto 2 del apartado tercero de la convocatoria.
El consejero de la Presidencia, Luis Miguel González Gago, afirma que “estas ayudas son de gran importancia y es nuestro deber apoyar a los castellanos y leoneses en el exterior que lo están pasando mal".
Además, ha añadido el consejero, “es importante destacar que la Junta de Castilla y León continuará haciendo un esfuerzo económico en este ámbito y garantiza que todos los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria puedan ser beneficiarios de las ayudas.”
En la convocatoria de ayudas del año 2022 resultaron beneficiarios 344 solicitantes.
Los requisitos antes relacionados deberán cumplirse a la fecha de presentación de solicitud de la ayuda y mantenerse hasta el abono de la cuantía que en cada caso proceda.
La cuantía individual de la ayuda vendrá determinada por dos variables: el índice de referencia del país de residencia del solicitante (que coincide con las bases de cálculo para las prestaciones económicas por razón de necesidad fijadas anualmente por el ministerio competente en la materia) y los ingresos de la unidad familiar del solicitante.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes es de dos meses desde mañana, día 22 de junio, siendo el último día el 21 de agosto de 2023.
El Bocyl puede ser consultado en este enlace.