El objetivo de las ayudas es limitar los riesgos de los factores meteorológicos que afectan a estas plantaciones, muchas de ellas asociadas a figuras de calidad, con el fin de asegurar las producciones y mejorar su competitividad.
El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publica hoy la Orden por la que se convocan ayudas a inversiones en equipos colectivos (torres calefactadas) de protección frente a los daños causados en estos cultivos leñosos por las bajas temperaturas, que se podrán solicitar hasta el 30 de septiembre de 2023.
Estas ayudas, acogidas al régimen de mínimis en el sector agrario, cuentan con una partida presupuestaria de 300.000 euros para la presente convocatoria, financiados íntegramente con fondos del presupuesto de la Junta de Castilla y León.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas las agrupaciones de al menos dos fruticultores con parcelas colindantes y entidades asociativas de fruticultores de Castilla y León, de las especies de manzano, peral e higuera que dispongan de una superficie mínima conjunta de cuatro hectáreas colindantes.
La ayuda, que será como máximo del 40% de los costes ejecutados, se destinará a apoyar la instalación de equipos colectivos de protección antiheladas mediante torres calefactadas, de al menos siete metros de altura, equipadas con hélices distribuidoras de aire, de acuerdo con unas características técnicas.
De forma opcional, se podrá instalar un sistema de calefacción acoplada a la torre, mediante quemador de queroseno, gas, gasoil, pellet, u otros combustibles. De igual modo, de forma opcional se puede subvencionar la inversión de la automatización y el sistema de inclinación de la torre.
Con el fin de simplificar la tramitación, se han definido los costes de referencia, que alcanzan los 50.000 euros por torre, 20.000 euros por sistema de calefacción y 5.000 euros por la automatización y manejo.
La cuantía a percibir será, como máximo del 40% de los costes en los que se haya incurrido para la realización de la inversión.
Las solicitudes serán baremadas, conforme a unos criterios de selección referidos a la superficie a proteger de los recintos con frutales, al número de fruticultores integrantes de la solicitud, cuando los fruticultores pertenezcan a figuras de calidad diferenciada en el ámbito de las producciones de frutas de pepita, a la edad del solicitante y a aquellos que cuenten con trabajadores con discapacidad.
La concesión de las ayudas se realizará en régimen de concurrencia competitiva, en función del cumplimiento de los requisitos exigidos, con el límite de los créditos presupuestarios asignados a la convocatoria.
El plazo máximo para resolver las solicitudes de ayuda y notificar las resoluciones será de cuatro meses contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
El plazo para la realización de las inversiones subvencionables será de doce meses a contar desde la concesión de la ayuda.