El Bocyl publica la resolución de Dirección General de Patrimonio Natural y Política Foresta por la que declara la situación de alerta.
El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publica este lunes la resolución cursada por la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal por la que se declara la situación de alerta por riesgo meteorológico de incendios forestales para los días 21, 22 y 23 de agosto en Castilla y León.
"Durante la época de peligro alto de incendios se pueden producir circunstancias meteorológicas extraordinarias que incrementan notablemente el riesgo de inicio de los incendios o provocan un comportamiento especialmente virulento del fuego, que requieren predefinir una serie de medidas preventivas complementarias de aplicación obligatoria para minimizar los riesgos", indica el anuncio oficial.
Medidas a adoptar estos días
Las medidas extraordinarias a adoptar durante estos días son las siguientes:
• Prohibición de encender fuego en el monte en todo tipo de espacios abiertos, así como en zonas recreativas y de acampada, incluso en las zonas habilitadas
para ello.
• Prohibición del uso de barbacoas en espacios abiertos, incluyendo aquellas autorizadas.
• Suspensión de todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan otorgado.
• Prohibición de la introducción y uso de material pirotécnico y suspensión de las autorizaciones para el lanzamiento de cohetes o artefactos de cualquier clase que contengan fuego.
• Prohibición del uso de maquinaria en el monte y la franja de 400 m que lo circunda, cuyo funcionamiento habitual genere fuego, deflagración, chispas o descargas
eléctricas, tales como sopletes, soldadores, radiales, etc.
• El módulo de parada de las cuadrillas de tratamientos selvícolas preventivos se incrementará a nivel D (8 horas) y el de las unidades de brigada y autobomba
(UBA) se incrementará a nivel E (10 horas).
Se exceptúa de estas prohibiciones el uso de esa maquinaria en actuaciones de emergencia e interés general, destinadas a la reparación urgente de infraestructuras
públicas, servicios de energía eléctrica, gas natural, telecomunicaciones, etc. siempre y cuando éstas hayan sido comunicadas a los Servicios Territoriales de Medio Ambiente
previamente y se realicen conforme a las medidas establecidas por éstos. Las empresas extremarán la precaución, contando con los medios necesarios para abordar la extinción
de cualquier conato de incendio que se pudiera producir a consecuencia de su actividad.
La resolución produce efectos desde las 00.00 horas del 21 de agosto hasta las 23.59 del 23 de agosto.