Volver Noticias de Soria - SoriaNoticias.com
Estas son las recomendaciones de MUFACE para los viajes al extranjero

Estas son las recomendaciones de MUFACE para los viajes al extranjero

Actualizado 15/05/2024 18:07

La Mutualidad de Funcionarios Civiles y del Estado recuerda a sus afiliados cómo deben solicitar la Tarjeta Sanitaria Europea, y también cómo obtener el Certificado Provisional Sustitutorio si se viaja a países de este ámbito. En territorio nacional, la libertad de elección de sistema sanitario supone un régimen distinto de llamadas y uso de los servicios de urgencias. Las personas mutualistas adscritas a entidades concertadas han de contactar con los servicios de urgencia de su entidad.

Llegan las vacaciones y con ellas los desplazamientos masivos. Tanto si se viaja al extranjero como si hay desplazamiento por el territorio nacional, MUFACE recuerda a sus mutualistas dos cuestiones importantes, sobre las que deben informarse para evitar problemas de cobros inesperados o incidencias no cubiertas.

Desplazamientos temporales al extranjero (territorios de ámbito TSE y otros)

Antes de viajar al extranjero es muy recomendable informarse en la web de la mutualidad sobre los distintos regímenes de cobertura o no cobertura en desplazamientos temporales.

La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) es el documento que acredita el derecho a recibir las prestaciones sanitarias que resulten necesarias, desde un punto de vista médico, en el territorio de otro Estado Miembro de la Unión Europea (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumanía y Suecia) así como en Islandia, Liechtenstein, Noruega, Reino Unido –salvo Gibraltar- y Suiza.

La TSE puede obtenerse a través de la sede electrónica, mediante la APP o en las oficinas de la mutualidad con cita previa. Para cubrir posibles retrasos de envío que pueden producirse, es muy recomendable obtener además el Certificado Provisional Sustitutorio (CPS), que puede descargarse en el momento a través de la sede electrónica y también en la App, o solicitarse en nuestras oficinas con cita previa.

Estas son las recomendaciones de MUFACE para los viajes al extranjero  | Imagen 1

Si el viaje tiene como destino países que no pertenecen al ámbito TSE es fundamental conocer cuál es el régimen de cobertura existente, con el fin de prever cualquier incidencia. Tanto si se viaja a Europa como a otro destino, informarse en la página web ayudará a prever cualquier contingencia.

Emergencias en territorio nacional: Dónde llamar ante una urgencia sanitaria

El error en el contacto con los servicios de urgencias y la atención prestada por un sistema sanitario que no sea el elegido por la persona mutualista puede dar lugar a incurrir en gastos considerables no previstos. Por eso, es necesario saber cómo actuar correctamente ante una situación de urgencia o emergencia sanitaria.

A qué teléfonos llamar

Como primera pauta, ha de tenerse en cuenta que las personas mutualistas adscritas a servicios públicos de salud han de llamar al 112, mientras que mutualistas adscritos a entidades concertadas (ADESLAS, ASISA, DKV) han de contactar con los servicios de urgencia de su entidad, cuyos números de teléfono aparecen en el cartel, y deben utilizar siempre los medios concertados que aparecen en los catálogos de 'Encuentra tu Médico'.

Estas son las recomendaciones de MUFACE para los viajes al extranjero  | Imagen 2

Solo en determinadas ocasiones se podría recurrir a medios ajenos, pero siempre y cuando así lo indique la entidad. Por este motivo, la pauta es llamar siempre en primer lugar a los teléfonos indicados.

Adscritos al CASE

El colectivo mutualista adscrito al Concierto de Asistencia Sanitaria en el Exterior (CASE), en caso de urgencia o emergencia en España, debe llamar al teléfono 900 300 799.

Asistencia sanitaria de urgencia: ¿Está cubierto todo el colectivo mutualista?

La asistencia sanitaria de urgencia es aquella que se presta al paciente en los casos en que su situación clínica obliga a una atención sanitaria inmediata. Se dispensa tanto en centros sanitarios como fuera de ellos, incluyendo el domicilio del paciente, durante las 24 horas del día todos los días del año, mediante la atención médica y de enfermería y con la colaboración de otros profesionales

Esta prestación incluye también el transporte sanitario terrestre, aéreo o marítimo, asistido o no asistido, según lo requiera la situación clínica del paciente, en los casos en que sea preciso para su adecuado traslado al centro sanitario que pueda atender de forma óptima la situación de urgencia.

Forma parte de la cartera básica del Sistema Nacional de Salud y está incluida por tanto en el Concierto suscrito por MUFACE con entidades de seguro para el periodo 2022-2024.

¿Qué ocurre si se está adscrito a una entidad concertada y se utilizan medios de los servicios públicos de salud?

Cualquier mutualista de adscripción concertada que, por decisión propia o de sus familiares, utilice medios no concertados con su entidad, deberá abonar sin derecho a reintegro los gastos que puedan ocasionarse, salvo que se cumplan los requisitos para la asistencia urgente de carácter vital, es decir, que se trate de un supuesto de los recogidos en el Cap. 5, apartado 3 del Concierto suscrito con entidades de seguro para el aseguramiento del acceso a la asistencia sanitaria en territorio nacional a los beneficiarios de la misma durante los años 2022, 2023 y 2024.

Interpretación jurídica

Bajo un plano estrictamente jurídico se considera que existe urgencia de carácter vital cuando se produce una patología cuya naturaleza y síntomas hagan presumible un riesgo vital inminente o muy próximo, o un daño irreparable para la integridad física de la persona de no obtenerse atención terapéutica de inmediato. Además, existen otras condiciones para que se cumpla este supuesto y casos especiales. Es importante que la elección del medio sea siempre razonable, teniendo en cuenta las circunstancias de lugar y tiempo en que la patología se haya producido, así como la capacidad de decisión del enfermo y, en su caso, de las personas que prestaron los primeros auxilios. Esta definición no separa la necesidad de atención inmediata y el medio razonablemente elegido. La sola insuficiencia de medios no justifica acudir a medios no concertados.

Consultar la Guía de Atención de Urgencias de MUFACE

Para aclarar cualquier duda, MUFACE tiene a disposición de sus mutualistas su Guía de Atención de Urgencias y Emergencias, que se recomienda leer con atención. Hacerlo puede evitar la desagradable sorpresa de recibir facturación por uso de servicios sanitarios ajenos y complicados trámites posteriores de reclamación. Así mismo, también se ofrece la posibilidad de consultar con la propia oficina de MUFACE a la que pertenezca el o la mutualista, o bien la del lugar en el que se encuentre, donde les orientarán sobre cualquier duda.

Fuente: MUFACE

Comentarios...