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Familia e Igualdad de Oportunidades destina 840.000 euros a la gestión de la ‘Tarjeta Familia’ ligada al ‘Bono Nacimiento’

Familia e Igualdad de Oportunidades destina 840.000 euros a la gestión de la ‘Tarjeta Familia’ ligada al ‘Bono Nacimiento’

Actualizado 13/06/2024 16:22

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el gasto para la contratación del servicio de gestión del abono de las subvenciones destinadas al fomento de la natalidad a través de esta tarjeta que se ejecutará entre 2025 y 2028.

El Ejecutivo autonómico ha aprobado hoy durante la reunión del Consejo de Gobierno un gasto de 840.000 euros para licitar la gestión de la herramienta de abono de las ayudas mediante la citada ‘Tarjeta Familia’, a través de la que se articula la subvención ‘Bono Nacimiento’, cuantías económicas que se otorgan de manera directa tras el nacimiento de un hijo en función de la renta de las familias. El contrato que se ejecutará en cuatro años: 122.500 euros el próximo, 210.000 euros en 2026, la misma cantidad en 2027 y 297.500 en 2028.

No obstante, si bien a través de esta tarjeta sólo se abona la subvención del ‘Bono Nacimiento’, es un instrumento que es susceptible de utilizarse en otras ayudas similares orientadas a la conciliación familiar.

Bono Nacimiento

El ‘Bono Nacimiento’ es una ayuda directa que concede la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades para que los padres afronten los primeros gastos de sus hijos recién nacidos. Unos recursos que varían en función de la renta y del número de niños: las cuantías oscilan entre los 500 euros por el primer hijo de una familia de renta más alta y los 2.500 a partir del tercero en una familia de renta más baja. Un dinero que se entrega en forma de ‘Tarjeta Familia’ para que los progenitores realicen compras de productos relacionados con el bebé en uno de los 1.318 establecimientos adheridos. Se trata, en definitiva, de una medida de la Junta para el fomento de la natalidad en la Comunidad.

El pasado mes de febrero, se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León una modificación de la orden reguladora de las bases de esta ayuda, en la que se aclaraban, también, los supuestos en los que la adopción de un menor da derecho a la obtención de la ayuda y son aquellos casos en que los niños adoptados proceden del sistema de protección o de una adopción internacional. También se concretó la fecha a partir de la cual comienza el plazo para solicitar el ‘Bono Nacimiento’ por adopción, que será la correspondiente a la de resolución judicial firme que constituya la adopción.

En lo que respecta a los núcleos familiares compuestos, también se introdujo una novedad: ya pueden contarse los vástagos de ambos progenitores para poder recibir la ayuda cuando se tenga un hijo en común. Y esta contabilización no es cerrada, ya que los hijos pueden tenerse en cuenta en dos familias compuestas, es decir, las que pueden integrar cualquiera de sus padres por separado.

Otra gran novedad de esta modificación de las bases reguladoras es la extensión del requisito del empadronamiento en un municipio de Castilla y León a los recién nacidos objeto de la subvención. Hasta la publicación de la citada orden, era únicamente obligación de los padres. Una vez han entrado en vigor estos cambios, los hijos deberán estar inscritos en el padrón municipal para poder realizar la solicitud en los términos que establezca la convocatoria.

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