La Consejería de Industria, Comercio y Empleo ha publicado hoy en Bocyl dos convocatorias de subvenciones destinadas a impulsar la contratación y facilitar el ejercicio profesional de personas con discapacidad y de personas en situación o riesgo de exclusión en las empresas del mercado ordinario de trabajo. Las dos líneas van dirigidas a apoyar la labor que realizan las entidades asociativas, financiando, por un lado, el coste de los profesionales que prestan apoyo a los trabajadores con discapacidad en las empresas del mercado ordinario de trabajo; y por otro, las actuaciones llevadas a cabo para fomentar el tránsito del mercado de trabajo protegido al mercado ordinario.
La Junta de Castilla y León ha convocado este viernes las subvenciones de dos programas destinados a avanzar hacia una verdadera inclusión laboral, en las empresas del mercado ordinario de trabajo, de las personas con discapacidad y de las personas en situación o riesgo de exclusión, fomentando para ello su contratación y apoyo en el seno de estas empresas.
En este sentido, aunque el volumen de contratación de personas con discapacidad en Castilla y León está evolucionando de forma positiva, con un incremento del 3,6 % en el último ejercicio, el grueso de estas contrataciones, el 72 %, tiene lugar en el mercado protegido, limitando una inclusión laboral y social plena. Las ayudas convocadas pretenden corregir esta situación financiando actuaciones que promuevan y faciliten la incorporación de estos trabajadores –y de las personas en riesgo o situación de exclusión– a las empresas del mercado ordinario en igualdad de condiciones.
Una de las convocatorias va dirigida a las asociaciones, fundaciones u otras entidades sin ánimo de lucro que tengan como objeto social la inserción laboral de personas con discapacidad y tiene como finalidad financiar el coste de los profesionales que, desde estas entidades, prestan apoyo a los trabajadores con discapacidad en empresas del mercado ordinario de trabajo.
En esta línea, se han modificado las bases el pasado mes de agosto con el fin de incrementar al alza las cuantías recibidas por esa labor de acompañamiento y seguimiento individualizado, al tiempo que se establece una mayor intensidad de las ayudas cuando el apoyo se preste a trabajadores con mayor grado de discapacidad.
Así, para las actuaciones de apoyo previo e inicial las cuantías máximas oscilarán entre los 2.500 y los 7.000 euros anuales por trabajador apoyado, en función de las características de este. Por su parte, las actuaciones de apoyo realizadas una vez transcurridos los seis meses iniciales de contrato oscilarán entre los 1.020 y los 1.440 euros anuales por trabajador apoyado, lo que supone un 20 % más que lo que se ha venido financiando en ejercicios anteriores.
Se subvencionarán las actuaciones que se realicen entre el entre el 1 de abril de 2024 y el 30 de septiembre de 2024, cuando el apoyo se realice con carácter previo a la contratación del trabajador con discapacidad y durante los primeros seis meses de vigencia de su contrato. Mientas, cuando el apoyo se preste transcurridos los seis meses iniciales del contrato, el periodo subvencionable se extenderá entre el 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024.
La segunda de las convocatorias va destinada a financiar las actuaciones que lleven a cabo las entidades asociativas de los centros especiales de empleo y empresas de inserción para fomentar el tránsito del mercado de trabajo protegido al mercado ordinario, tanto de los trabajadores con discapacidad como de los trabajadores en situación o riesgo de exclusión.
Mediante esta segunda línea las entidades beneficiarias podrán financiar actuaciones de asesoramiento individualizado a empresas y administraciones públicas, jornadas informativas de carácter colectivo, campañas de difusión y promoción así como estudios, publicaciones y cualquier otro tipo de actividad similar que contribuya a promover la contratación de personas con discapacidad y de personas en situación o riesgo de exclusión social en las empresas del mercado ordinario de trabajo o en el sector público.
La cuantía de la subvención podrá alcanzar los 25.000 euros por beneficiario, pudiendo cada entidad presentar una única solicitud en la que se incluyan una o varias de las actuaciones contempladas como subvencionables. Serán subvencionables las actuaciones realizadas en el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2023 y el 31 de octubre de 2024.
En ambos casos el plazo para solicitar estas ayudas finaliza el 4 de noviembre del 2024.