Patrimonio da conformidad al informe de resultados acerca de los respectivos trabajos de prospección.
Hoy miércoles, la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural ha dado conformidad al informe de resultados de la prospección arqueológica y estimación de la incidencia de la concentración parcelaria en la zona de Cueva de Ágreda sobre el patrimonio arqueológico y etnográfico, cuyo promotor es el Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo rural de Soria.
El estudio previo que se presentó recoge los resultados de la prospección arqueológica realizada a lo largo de los trazados de la red básica de infraestructuras proyectadas, para identificar la existencia de cualquier Bien Cultural que se pudiera ver afectado.
A la vista de los resultados, y para hacer compatibles las obras, se plantea la siguiente medida correctora: realización del control arqueológico de los movimientos de tierra que afecten a los yacimientos Araviana III y Loma del Roble, previa delimitación y balizado.
Estas conclusiones deberán tenerse en cuenta en el Estudio de Impacto Ambiental indicando, no obstante, que si en el transcurso de las obras se detectasen hallazgos casuales con valores propios del Patrimonio Cultural de Castilla y León se deberá proceder según lo indicado en los artículos 38.2 y 38.3 de la Ley 7/2024 de 20 de junio de Patrimonio Cultural de Castilla y León.
Canales de Ines y Eza
La Comisión también ha dado conformidad al informe de resultados de ampliación de la prospección arqueológica vinculado al Proyecto de modernización de regadío en las Comunidades de Regantes del Canal de Ines y del Canal de Eza. Fase I (Soria), promovido por la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias (SEIASA),
Este informe de prospección arqueológica es una ampliación de la memoria realizada tras la modificación del proyecto de ejecución. Analiza las nuevas parcelas correspondientes a la balsa de regulación, la tubería de impulsión y parte de la línea eléctrica subterránea de media tensión y tras valorar los resultados de la prospección, se concluye que las obras son compatibles con la protección del Patrimonio Cultural con el establecimiento de medidas correctoras durante la ejecución de la obra.
Estas conclusiones deberán ser consideradas en el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, debiendo recogerse el contenido del informe en el texto de la Declaración de Impacto Ambiental. Si durante la ejecución de las obras se produjera el hallazgo casual de restos de carácter arqueológico se debería actuar según lo dispuesto en la Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León.