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Absuelto un jefe administrativo acusado de gestión desleal

Absuelto un jefe administrativo acusado de gestión desleal

Actualizado 27/03/2025 18:02

Contra la sentencia cabe recurso ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

La Audiencia Provincial de Soria ha dictado sentencia absolutoria en favor de un hombre que trabajaba como jefe de administración en una empresa soriana, tras ser acusado de un delito continuado de administración desleal.

El tribunal considera que no ha quedado probado que el acusado realizara transferencias sin autorización, contratase servicios indebidamente o se apropiara de fondos de la empresa, destacando la falta de una auditoría contable que pudiera demostrar los supuestos perjuicios económicos.

Hechos no probados

La sentencia establece que el procesado, que trabajó durante años como responsable administrativo de la empresa, carecía de poderes para contratar o representar a la sociedad, necesitando siempre la firma del representante legal para cualquier operación.

Entre los hechos que no pudieron probarse destacan por un lado, que no ha podido ser constatada contratación indebida de un programa de gestión de nóminas como la realización de transferencias no autorizadas. Del mismo modo tampoco ha quedado como constatado que fuesen cobradas comisiones por la contratación de seguros ni el uso indebido de tarjetas de empresa

El tribunal subraya que otros empleados también tenían acceso a las claves bancarias y realizaban reintegros, siendo el representante legal quien firmaba todas las operaciones.

Falta de pruebas contables

Un elemento determinante en la absolución ha sido la ausencia de una auditoría o peritaje contable que pudiera demostrar los supuestos perjuicios económicos. La sentencia cita jurisprudencia del Tribunal Supremo que establece que "en el caso de relaciones jurídicas complejas que se proyectan durante largo tiempo y en la que existe un confusionismo de diferentes compensaciones de deudas y créditos, resulta imposible derivar a la jurisdicción penal" este tipo de conflictos.

El tribunal concluye que, sin una previa liquidación que determine claramente la existencia de apropiación ilícita, los hechos deben dirimirse en el ámbito civil y no en el penal.

Ante la sentencia cabe recurso de apelación ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de diez días.

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