Volver Noticias de Soria - SoriaNoticias.com
Una suerte con mucha historia: pasado, presente y futuro en los pinares sorianos

Una suerte con mucha historia: pasado, presente y futuro en los pinares sorianos

Actualizado 30/03/2025 12:27

La declaración de BIC de la Suerte de Pinos no solo permitirá a los vecinos de Pinares sacar pecho ante un derecho con siglos de historia, supondrá una ventaja más prágmática. Conocemos mejor esta tradición con 700 años de historia.

A finales del año pasado, la Junta de Castilla y León declaró la Suerte de Pinos como Bien de Interés Cultural (BIC) de carácter inmaterial. Un reconocimiento y, también, un paso previo y necesario para que la Unesco considere esta manifestación, típica de la comarca de Pinares, digna de la inclusión en el listado del Patrimonio Inmaterial de la Humanidad, del que ya forman parte el flamenco, los castells catalanes, las Fallas valencianas o la trashumancia, entre otros.

El BIC pone en valor una peculiaridad y un signo de identidad. Reconoce la Suerte de Pinos como un peculiar sistema de reparto que se ha integrado en la comunidad para enriquecerlo con el paso del tiempo. “Es importante porque permite celebrar lo que une a una comarca, una seña de identidad que es única”, expresa José Miguel García Asensio, abogado, doctor en derecho y autor del informe (a petición de Asopiva) en el que se basó la Junta para la declaración. No se puede olvidar que esto puede aprovecharse y transformarse en un atractivo turístico para la zona, pero lo más interesante es que “supondrá un plus porque disponer de un Bien de Interés Cultural dentro del término municipal se traduce en más puntos en algunas subvenciones, lo que significará una ventaja extra para estos pueblos respecto a otros”, apunta García Asensio.

Supondrá “un plus” para recibir subvenciones en pequeños pueblos

Para los vecinos de estas localidades, la Suerte es mucho más que una cantidad económica que llega una o dos veces al año. Es una cuestión de piel, un orgullo que heredaron de sus padres o abuelos, un sentimiento de pertenencia que legar a las futuras generaciones. Es todo esto desde hace siglos, lo que ha marcado el carácter de un territorio.

José Miguel García Asensio

Definición y origen

José Miguel García ofrece una detallada definición de la Suerte de Pinos: “Se trata de un sistema peculiar y tradicional de explotación vecinal de los aprovechamientos forestales comunales de maderas, especialmente de pinos, mediante lotes o suertes, cuyos beneficiarios han de cumplir con ciertos requisitos de vinculación y arraigo o de permanencia, según reglas jurídicas consuetudinarias propias de cada pueblo”.

Nació como una manera de buscar la supervivencia de la población de una “zona sin otros recursos, por ejemplo agrícolas”, apunta García. Los montes de la zona se concedieron a los nuevos pobladores durante la Reconquista, a fin de que con su uso y aprovechamiento se fijara población (el caso, por ejemplo, de la Carta Puebla de Duruelo de la Sierra del 8 de abril de 1250). No obstante, es en los siglos XVII y XVIII cuando diversas ordenanzas y acuerdos acreditan su existencia en la zona coincidente con el ámbito territorial de la Cabaña Real de Carreteros.

Mapa de la suerte de pinos

En principio, se entregaba un número determinado de pinos a cada vecino y recibió el nombre de Suerte porque “se intentaba establecer lotes similares, pero todos los pinos son diferentes y podía tocarte el lote bueno o el menos bueno”. Después, y siguiendo el ejemplo de Covaleda, se “estableció un lote multivecinal para seleccionar, vender y cortar, y posteriormente repartir, ahora sí, en cantidades iguales”, explica el abogado.

Un ingreso extra

En sus orígenes, la Suerte suponía un ingreso extra para afrontar la vida con más holgura. “Otros aprovechamientos, como los pastos, eran más valorados”. En los años 50-60, “la madera llegó a valer mucho y, en algunos pueblos, permitía a las familias vivir todo el año o hacerse sus casas”. Actualmente, vuelve a verse como un extra que, además, hay que declarar a Hacienda.

Algo controvertida

Lo que convierte en única a la Suerte de Pinos son los requisitos de vinculación, arraigo y permanencia. En líneas generales, se exige que el beneficiario sea descendiente del pueblo, esté empadronado y resida habitualmente en el mismo. Aunque “siguen pautas similares”, cada pueblo establece los suyos a través de estatutos u ordenanzas, unas reglas preconstitucionales en la mayor parte de los casos. E

sto ha llevado a muchos a plantearse si se cumple o no con la ley de leyes, si es legal pedir tener 25 años en Navaleno o estar casado en Abejar. Otros, consideran injusto diferenciar entre tipos de vecinos y solicitan que se entregue Suerte a los que ‘hacen pueblo’, es decir, a los que residen en él todo el año sean o no descendientes de los que ya ostentaron el derecho. José Miguel García no alberga ninguna duda al respecto: “Son legales y constitucionales y así lo avalan varias sentencias del Tribunal Constitucional y el Supremo”.

En los últimos tiempos se ha abierto otro debate. Hay pueblos, como Navaleno, que están retirando la suerte a los empadronados que no residen. Otros, como Covaleda, creen que los beneficios que se derivan de mantener esos habitantes compensa lo que pueda perderse por otro lado. García defiende que los requisitos intentaban “evitar empadronamientos ficticios muy habituales cuando se regularon las suertes”. Ahora, “aunque sería muy complejo dentro de los márgenes legales”, se podrían modificar las ordenanzas para que la Suerte sirva para atraer población, pero “cada pueblo debe buscar una solución específica porque la Suerte se rige con la costumbre local”, aconseja.

Comentarios...